Archivo de la categoría: SEPA

Como preparar los mandatos SEPA – Código BIC o SWIFT


Uno de los datos que hay que incluir en los mandatos SEPA es el identificador SWIFT o BIC de la entidad financiera en la que reside la cuenta corriente sobre la que se adeuda. Normalmente este dato lo proporciona el deudor, que lo conoce preguntándolo a su entidad financiera, No obstante, incluyo a continuación una lista de códigos BIC que puede ser de ayuda si el dato no se conoce. La información procede del Banco de España, si bien se ve claramente que es anterior a la secuencia de fusiones que ha vivido y vive la banca española:

Name of the bank BIC
AAREAL BANK AG AARBESM1XXX
ABBEY NATIONAL BANK, S.A.E. ABBKESM1XXX
ABN AMRO BANK N.V., S.E. ABNAESMMXXX
ALLFUNDS BANK, S.A. ALLFESMMXXX
ALLIED BANKING CORPORATION ABCMESM1XXX
ALTAE BANCO, S.A. AHCRESVVXXX
ARESBANK, S.A. AREBESMMXXX
ARGENTARIA, CAJA POSTAL Y BANCO HIPOTECARIO, S.A. BBVAESMMXXX
ASSOCIATES CAPITAL CORPORATION, PLC. S.E. ASSCESM1XXX
ATTIJARIWAFA BANK BCMAESM1XXX
BANCA CARIGE SPA-CASSA RISPARMIO GENOVA E IMPERIA CRGEESM1XXX
BANCA CATALANA, S.A. CATAESBBXXX
BANCA INTESA S.P.A., SUCURSAL EN ESPAÑA BCITESMMXXX
BANCA JOVER, S.A. JOVEESBBXXX
BANCA MARCH, S.A. BMARES2MXXX
BANCA MONTE DEI PASCHI DI SIENA, S.P.A., S.E. PASCESMMXXX
BANCA NAZIONALE DEL LAVORO, S.P.A., S.E. BNLIESM1XXX
BANCA PUEYO, S.A. BAPUES22XXX
BANCO ALCALA, S.A. ALCLESMMXXX
BANCO BANIF, S.A. NORTESMMXXX
BBVA BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. BBVAESMMXXX
BANCO BPI, S.A., S.E. BBPIESMMXXX
BANCO CAIXA GERAL, S.A. CGDIESMMXXX
BANCO CAMINOS, S.A. CCOCESMMXXX
BANCO CANARIAS DE VENEZUELA, CA BOCAES21XXX
BANCO CENTRAL HISPANOAMERICANO, S.A. CENTESMM
BANCO CETELEM, S.A. FIEIESM1XXX
BANCO CONDAL, S.A. BCNDESM1XXX
BANCO COOPERATIVO ESPAÑOL, S.A. BCOEESMMXXX
BANCO DE ALICANTE, S.A. BBVAESMMXXX
BANCO DE ANDALUCIA, S.A. BANDESSSXXX
BANCO DE ASTURIAS, S.A. ASTUESMMXXX
BANCO DE CASTILLA, S.A. CASTES2SXXX
BANCO DE CREDITO AGRICOLA, S.A. BCAEESMM
BANCO DE CREDITO BALEAR, S.A. BALEES22XXX
BANCO DE CREDITO LOCAL DE ESPAÑA, S.A. BCLEESMMXXX
BANCO DE DEPOSITOS, S.A. BDEPESM1XXX
BANCO DE EXTREMADURA, S.A. CGDIES2CXXX
BANCO DE FINANZAS E INVERSIONES, S.A. BFIVESBBXXX
BANCO DE GALICIA, S.A. GALIES2VXXX
BANCO DE LA NACION ARGENTINA, S.E. NACNESMMXXX
BANCO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, S.A. BPMEESBBXXX
BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PRBAESM1XXX
BANCO DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS EXTERIORES AEEVESM1XXX
BANCO DE MADRID, S.A. MADRESMMXXX
BANCO DE MURCIA, S.A. BAMUES22XXX
BANCO DE NEGOCIOS ARGENTARIA, S.A. BNARESMMXXX
BANCO DE PROMOCION DE NEGOCIOS, S.A. (PROMOBANC) PRNEESM1XXX
BANCO DE SABADELL, S.A. BSABESBBXXX
BANCO DE VALENCIA, S.A. VALEESVVXXX
BANCO DE VASCONIA, S.A. VASCES2PXXX
BANCO DE VITORIA, S.A. BVICES21XXX
BANCO DEL COMERCIO, S.A. BCIOESMMXXX
BANCO DEL DESARROLLO ECONOMICO ESPAÑOL, S.A. DEEEESM1XXX
BANCO DEPOSITARIO BBVA, S.A. BVADESMMXXX
BANCO DI NAPOLI, S.P.A., S.E. NAPBESMMXXX
BANCO DIRECTO, S.A. BADIESMMXXX
BANCO DO BRASIL, S.A., S.E. BRASESMMXXX
BANCO DO ESTADO DE SAO PAULO, S.A., S. MADRID BESPESMMXXX
BANCO ESPAÑOL DE CREDITO, S.A. ESPCESMMXXX
BANCO ESPIRITO SANTO DE INVESTIMENTO, S.A., S.E. ESSIESMMXXX
BANCO ESPIRITO SANTO S.A. S.E. BESCESMMXXX
BANCO ESPIRITO SANTO, S.A., S.E. BESMESMMXXX
BANCO ETCHEVERRIA, S.A. ETCHES2GXXX
BANCO EUROPEO DE FINANZAS, S.A. BEDFESM1XXX
BANCO EXELBANK, S.A. IXIUESM1XXX
BANCO EXTERIOR DE ESPAÑA, S.A. EXTEESMMXXX
BANCO FINANTIA SOFINLOC, S.A. ESFIESM1XXX
BANCO GALLEGO, S.A. MDBOESM1XXX
BANCO GALLEGO, S.A. GALEES2GXXX
BANCO GUIPUZCOANO, S.A. BGUIES22XXX
BANCO HALIFAX HISPANIA, S.A. HLFXESMMXXX
BANCO HERRERO, S.A. BHROESM2XXX
BANCO INDUSTRIAL DE BILBAO, S.A. INBBESM1XXX
BANCO INTERNACIONAL, S.A. BIMEESM1XXX
BANCO INVERSIS, S.A. INVLESMMXXX
BANCO NACIONAL DE CUBA BNACESM1XXX
BANCO OCCIDENTAL, S.A. OCBAESM1XXX
BANCO PASTOR, S.A. PSTRESMMXXX
BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A. POPUESMMXXX
BANCO POPULAR HIPOTECARIO, S.A. POHIESM1XXX
BANCO PORTUGUES DE INVESTIMENTO, S.A. S.E. BPIPESM1XXX
BANCO PORTUGUES DO ATLANTICO, SUCURSAL EN ESPAÑA ILBKESMMXXX
BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A. BDERESMMXXX
BANCO SANTANDER, S.A. BSCHESMMXXX
BANCO SBS-AGRO STOLESM1XXX
BANCO SERVICIOS FINANCIEROS CAJA MADRID-MAPFRE,SA BMAPESM1XXX
BANCO SIMEON, S.A. CGDIES2VXXX
BANCO STANDARD CHARTERED S.E. BSCEESMMXXX
BANCO SYGMA HISPANIA, S.E. SHSAESM1XXX
BANCO URQUIJO SABADELL BANCA PRIVADA, S.A. UIJOESMMXXX
BANCO URQUIJO, S.A. PROGESMM
BANCOFAR, S.A. BAOFESM1XXX
BANCO POPULAR-E, S.A. POPLESMMXXX
BANK J. VONTOBEL & CO. AG. VONTESM1XXX
BANK OF AMERICA, NATIONAL ASSOCIATION, S.E. BOFAES2XXXX
BANK OF AMERICA, S.A. BOFAES2XXXX
BANKINTER, S.A. BKBKESMMXXX
BANKOA, S.A. BKOAES22XXX
BANQUE COURTOIS COURESB1XXX
BANQUE INTERNATIONALE A LUXEMBOURG BILLESB1XXX
BANQUE MAROCAINE COMMERCE EXTERIEUR INTERNAT.,S.A. BMCEESMMXXX
BANQUE PRIVEE EDMOND DE ROTHSCHILD EUROPE, S.E PRIBESMXXXX
BANQUE PSA FINANCE, S.E. PSABESM1XXX
BANQUE REGIONALE D’ESCOMPTE ET DE DEPOTS REDEESM1XXX
BANQUE SCANDINAVE EN SUISSE SCSIESM1XXX
BANQUE SCS ALLIANCE BSSAESB1XXX
BANQUE SUDAMERIS BSUDESM1XXX
BARCLAYS BANK PLC, S.E. BPLCESMMXXX
BARCLAYS BANK, S.A. BARCESMMXXX
BAYERISCHE HYPO- UND VEREINSBANK AG. HYVEESM1XXX
BBVA BANCO DE FINANCIACION, S.A. INALESM1XXX
BES INVESTIMENTO SA BEIVESM1XXX
BILBAO BIZKAIA KUTXA,AURREZKI KUTXA ETA BAHITETXEA BASKES2BXXX
BNP PARIBAS ESPAÑA, S.A. BNPAESMMXXX
BNP PARIBAS SECURITIES SERVICES, S.E. PARBESMXXXX
BNP PARIBAS, S.E. BNPAESMSXXX
C.A.M.P. CIRCULO CATOLICO DE OBREROS DE BURGOS CECAESMM017
CAISSE NATIONALE DE CREDIT AGRICOLE, SUC. ESPAÑA AGRIESMM
CAISSE REGIONALE CREDIT AGRICOLE MUTUEL SUD MED,SE CRCGESB1XXX
CAIXA AFORROS VIGO,OURENSE E PONTEVEDRA(CAIXANOVA) CAVIES2VXXX
CAIXA DE C. DELS ENGINYERS-C.C. INGENIEROS, S.C.C CDENESBBXXX
CAIXA DELS ADVOCATS-CAJA DE LOS ABOGADOS, S.C.C. CXAVESB1XXX
CAIXA D’ESTALVIS COMARCAL DE MANLLEU CECAESMM040
CAIXA D’ESTALVIS DE CATALUNYA CESCESBBXXX
CAIXA D’ESTALVIS DE GIRONA CECAESMM030
CAIXA D’ESTALVIS DE MANRESA CECAESMM041
CAIXA D’ESTALVIS DE SABADELL CECAESMM059
CAIXA D’ESTALVIS DE TARRAGONA CECAESMM073
CAIXA D’ESTALVIS DE TERRASSA CECAESMM074
CAIXA D’ESTALVIS DEL PENEDES CECAESMM081
CAIXA D’ESTALVIS LAIETANA CECAESMM042
CAIXA POPULAR-CAIXA RURAL, S.C.C.V. BCOEESMM159
CAIXA R. ALBALAT DELS SORELLS, C.C.V. BCOEESMM186
CAIXA R. ALTEA, C.C.V. BCOEESMM045
CAIXA R. BENICARLO, S.C.C.V. BCOEESMM162
CAIXA R. D’ALGEMESI, S.C.V.C. BCOEESMM117
CAIXA R. DE BALEARS, S.C.C. BCOEESMM147
CAIXA R. DE CALLOSA D’EN SARRIA, C.C.V. BCOEESMM105
CAIXA R. DE L’ALCUDIA, S.C.V.C. BCOEESMM096
CAIXA R. DE TURIS, C.C.V. BCOEESMM123
CAIXA R. GALEGA, S.C.C.L.G. BCOEESMM070
CAIXA R. LA VALL ‘S. ISIDRO’, S.C.C.V. BCOEESMM111
CAIXA R. S. VICENT FERRER DE LA VALL D’UIXO,C.C.V. BCOEESMM102
CAIXA R. VINAROS, S.C.C.V. BCOEESMM174
CAIXA R.S.JOSEP DE VILAVELLA, S.C.C.V. BCOEESMM160
CAIXA RURAL LES COVES DE VINROMA, S.C.C.V. BCOEESMM166
CAIXA RURAL TORRENT C.C.V. BCOEESMM118
CAIXABANK, S.A. CBANESBBXXX
CAJA AH. VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA CVALESVVXXX
CAJA CAMINOS, S.C.C. CCOCESMMXXX
CAJA CAMPO, CAJA RURAL, S.C.C. BCOEESMM094
CAJA DE AH. PROV. SAN FERNANDO DE SEVILLA Y JEREZ CECAESMM071
CAJA DE AHORRO PROVINCIAL DE GUADALAJARA CECAESMM032
CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS CECAESMM048
CAJA DE AHORROS DE CASTILLA-LA MANCHA CECAESMM105
CAJA DE AHORROS DE GALICIA CAGLESMMXXX
CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA DE ARAGON CECAESMM086
CAJA DE AHORROS DE LA RIOJA CECAESMM037
CAJA DE AHORROS DE MURCIA CECAESMM043
CAJA DE AHORROS DE SALAMANCA Y SORIA CSSOES2SXXX
CAJA DE AHORROS DE SANTANDER Y CANTABRIA CECAESMM066
CAJA DE AHORROS DE VITORIA Y ALAVA CECAESMM097
CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRANEO CAAMES2AXXX
CAJA DE AHORROS MUNICIPAL DE BURGOS CECAESMM018
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE AVILA CECAESMM094
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE CORDOBA CECAESMM024
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE EXTREMADURA CECAESMM099
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE GIPUZKOA Y SAN SEBASTIAN CGGKES22XXX
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE LAS BALEARES CECAESMM051
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE MADRID CAHMESMMXXX
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE NAVARRA CANVES2PXXX
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT CECAESMM045
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE SEGOVIA CECAESMM069
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA CAZRES2ZXXX
CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA CAIXESBBXXX
CAJA DE ARQUITECTOS S.C.C. CASDESBBXXX
CAJA DE CREDITO DE PETREL, CAJA RURAL, C.C.V. BCOEESMM029
CAJA DE ELCHE, CAJA RURAL, C.C.V. BCOEESM1181
CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y M.P. CSPAES2LXXX
CAJA GENERAL DE AHORROS DE CANARIAS CECAESMM065
CAJA GENERAL DE AHORROS DE GRANADA CECAESMM031
CAJA INSULAR DE AHORROS DE CANARIAS CECAESMM052
CAJA LABORAL POPULAR C.C. CLPEES2MXXX
CAJA PROVINCIAL DE AHORROS DE JAEN CECAESMM092
CAJA R. ARAGONESA Y DE LOS PIRINEOS, S.C.C. BCOEESMM189
CAJA R. BAENA NTRA. SRA. GUADALUPE S.C.C.A. BCOEESMM089
CAJA R. CASTELLON S. ISIDRO, S.C.C.V. BCOEESMM114
CAJA R. CATOLICO AGRARIA, S.C.C.V. BCOEESMM110
CAJA R. CENTRAL, S.C.C. BCOEESMM005
CAJA R. COMARCAL DE MOTA DEL CUERVO, S.C.L.C.A. BCOEESMM116
CAJA R. CREDICOOP, S.C.C. CRCPES2CXXX
CAJA R. DE ALBACETE, S.C.C. BCOEESMM056
CAJA R. DE ALBAL, C.C.V. BCOEESMM150
CAJA R. DE ALGINET, S.C.C.V. BCOEESMM179
CAJA R. DE ARAGON, S.C.C. BCOEESMM021
CAJA R. DE ASTURIAS, S.C.C. BCOEESMM059
CAJA R. DE BETXI, S.C.C.V. BCOEESMM138
CAJA R. DE BURGOS,S.C.C. BCOEESMM060
CAJA R. DE CANARIAS, S.C.C. BCOEESMM177
CAJA R. DE CAÑETE TORRES NTRA.SRA.DEL CAMPO,S.C.A. BCOEESMM104
CAJA R. DE CASAS IBAÑEZ, S.C.C.CASTILLA-LA MANCHA BCOEESMM127
CAJA R. DE CASINOS S.C.C.V. BCOEESMM137
CAJA R. DE CHESTE, S.C.C. BCOEESMM121
CAJA R. DE CIUDAD REAL, S.C.C. BCOEESMM062
CAJA R. DE CORDOBA, S.C.C. BCOEESMM063
CAJA R. DE CUENCA, S.C.C. BCOEESMM064
CAJA R. DE EXTREMADURA, S.C.C. BCOEESMM009
CAJA R. DE FUENTEPELAYO, S.C.C. BCOEESMM022
CAJA R. DE GIJON, C.C BCOEESMM007
CAJA R. DE GRANADA, S.C.C. BCOEESMM023
CAJA R. DE GUISSONA, S.C.C. BCOEESMM140
CAJA R. DE HUESCA, S.C.C. BCOEESMM066
CAJA R. DE JAEN, BARCELONA Y MADRID, S.C.C. BCOEESMM067
CAJA R. DE LA RODA, S.C.C. DE CASTILLA LA MANCHA BCOEESMM128
CAJA R. DE NAVARRA, S.C.C. BCOEESMM008
CAJA R. DE SALAMANCA, S.C.C. BCOEESMM016
CAJA R. DE SEGOVIA, C.C. BCOEESMM078
CAJA R. DE SORIA, S.C.C. BCOEESMM017
CAJA R. DE TERUEL, S.C.C. BCOEESMM080
CAJA R. DE TOLEDO, S.C.C. BCOEESMM081
CAJA R. DE UTRERA, S.C.A.C. BCOEESMM020
CAJA R. DE VILLAMALEA, S.C.C.A. CASTILLA-LA MANCHA BCOEESMM144
CAJA R. DE VILLAR C.C.V. BCOEESMM152
CAJA R. DE ZAMORA, C.C. BCOEESMM085
CAJA R. DE ZARAGOZA, S.C.C. BCOEESMM092
CAJA R. DEL CAMPO DE CARIÑENA, S.C.C.L. BCOEESM1093
CAJA R. DEL DUERO, S.C.C.L. BCOEESMM083
CAJA R. DEL MEDITERRANEO, RURALCAJA, S.C.C. BCOEESMM082
CAJA R. DEL SUR, S. COOP. DE CREDITO BCOEESMM187
CAJA R. LA JUNQUERA DE CHILCHES, S.C.C.V. BCOEESMM157
CAJA R. NTRA. SRA. DEL ROSARIO, S.C.A.C. BCOEESMM098
CAJA R. NTRA. SRA. LA ESPERANZA DE ONDA, S.C.C.V. BCOEESMM134
CAJA R. ‘NUESTRA MADRE DEL SOL’, S.C.A.C. BCOEESMM115
CAJA R. S. FORTUNATO, S.C.C.C.L. BCOEESMM161
CAJA R. S. ISIDRO DE VILAFAMES, S.C.C.V. BCOEESMM165
CAJA R. S. JAIME ALQUERIAS NIÑO PERDIDO S.C.C.V. BCOEESMM119
CAJA R. S. JOSE DE ALCORA S.C.C.V. BCOEESMM113
CAJA R. S. JOSE DE ALMASSORA, S.C.C.V. BCOEESMM130
CAJA R. S. JOSE DE BURRIANA, S.C.C.V. BCOEESMM112
CAJA R. S. JOSE DE NULES S.C.C.V. BCOEESMM135
CAJA R. S. ROQUE DE ALMENARA S.C.C.V. BCOEESMM095
CAJA R.R.S.AGUSTIN DE FUENTE ALAMO M., S.C.C. BCOEESMM018
CAJAMAR CAJA RURAL, S.C.C. CCRIES2AXXX
CAJASIETE, CAJA RURAL, S.C.C. BCOEESMM076
CALYON, S.E. BSUIESMMXXX
CASSA RISPARMIO PROVINCIE LOMBARDE(CARIPLO)SPA,S.E CARIESMMXXX
CELERIS SERVICIOS FINANCIEROS, S.A., E.F.C. CSFAESM1XXX
CITIBANK ESPAÑA, S.A. CITIES2XXXX
CITIBANK INTERNATIONAL PLC, S.E. CITIESMXXXX
COLONYA – CAIXA D’ESTALVIS DE POLLENSA CECAESMM056
COMMERZBANK AKTIENGESELLSCHAFT, S.E. COBAESMXXXX
COMPAGNIE BANCAIRE, SUCURSAL EN ESPAÑA COBFFRPPXXX
CONFEDERACION ESPAÑOLA DE CAJAS DE AHORROS CECAESMMXXX
COOP.CENTR. RAIFFEISEN-BOERENL.(RABOBANK NED.)S.E. PRABESMMXXX
CREDIT AGRICOLE LEASING, S.E. UCSSESM1XXX
CREDIT COMMERCIAL DE FRANCE, S.E. CCFRESMMXXX
CREDIT LYONNAIS ESPAÑA, S.A. CRLEESMMXXX
CREDIT SUISSE FIRST BOSTON, S.E. CRESESMMXXX
CREDIT SUISSE, S.E. CRESESMMXXX
CREDIT VALENCIA, C.R.C.C.V. BCOEESMM188
DE LAGE LANDEN INTERNATIONAL B.V., S.E. LLISESM1XXX
DEUTSCHE BANK A.G., S.E. DEUTESM1XXX
DEUTSCHE BANK CREDIT, S.A. DECRESM1XXX
DEUTSCHE BANK TRUST COMPANY AMERICAS, S.E. BKTRESM1XXX
DEUTSCHE BANK, S.A.E. DEUTESBBXXX
DEXIA BANCO LOCAL, S.A. DBOLESM1XXX
DEXIA SABADELL, S.A. DSBLESMMXXX
DRESDNER BANK A.G., S.E. DRESESMXXXX
DZ BANK AG DEUTSCHE ZENTRAL-GEN., FRANKFURT A.M. GENOESM1XXX
EBN BANCO DE NEGOCIOS, S.A. PROAESMMXXX
EFG BANK (LUXEMBOURG) S.A., S.E. EFGBESMMXXX
EQUITABLE P.C.I. BANK PCIBESM1XXX
ESPIRITO SANTO BANK OF FLORIDA ESBFESM1XXX
EUROHYPO A.G. EUROPAISCHE HYPOTHEKENBANK D.B.,S.E. EEHDESM1XXX
EUROHYPO A.G., S.E. EHYPESM1XXX
EUROPE ARAB BANK PLC, S.E. ARABESMMXXX
FCE BANK PLC S.E. FCEFESM1XXX
FINANZIA, BANCO DE CREDITO, S.A. FICDESM1XXX
FORTIS BANK, S.A., S.E. GEBAESMMXXX
FRANFINANCE, S.E. FRANESM1XXX
GENERAL ELECTRIC CAPITAL BANK, S.A. GEECESB1XXX
HISPAMER BANCO FINANCIERO, S.A. BAFOESMM
HSBC BANK PLC, S.E. MIDLESMMXXX
IKB DEUTSCHE INDUSTRIEBANK AG IKBDESM1XXX
ING BELGIUM, S.A., S.E. BBRUESMXXXX
ING DIRECT, N.V. S.E. INGDESMMXXX
INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL ICROESMMXXX
INTESA SANPAOLO S.P.A., S.E. BCITESMMXXX
IPAR KUTXA RURAL, S.C.C. CVRVES2BXXX
JPMORGAN CHASE BANK NATIONAL ASSOCIATION, S.E. CHASESM3XXX
KBC BANK NV, S.E. KREDESMMXXX
LANDESBANK BADEN-WÜRTTEMBERG SOLAESB1XXX
LANDESBANK HESSEN-THUERINGEN GIROZENTRALE HELAESM1XXX
LLOYDS TSB BANK PLC, S.E. LOYDESMMXXX
LONDON FORFAITING A PARIS, S.A. LOFPESB1XXX
M.P. Y C.A. SAN FERNANDO DE HUELVA JEREZ Y SEVILLA CECAESMM106
M.P. Y CAJA DE AHORROS DE HUELVA Y SEVILLA CECAESMM098
M.P. Y CAJA GENERAL AHORROS DE BADAJOZ CECAESMM010
M.P.C.A. RONDA, CADIZ, ALMERIA, MALAGA Y ANTEQUERA UCJAES2MXXX
MERRILL LYNCH INTERNATIONAL BANK LTD., S.E. MLCBESM1XXX
MERRILL LYNCH INTERNATIONAL BANK LTD., S.E. MLIBESM1XXX
MIZUHO CORPORATE BANK LTD. S.E. IBJTESM1XXX
MORGAN GUARANTY TRUST COMPANY OF NEW YORK, S.E. MGTCESMXXXX
NATIONAL WESTMINSTER BANK PLC, S.E. NWBKESMXXXX
NATIXIS, S.A., S.E. BFCEESMMXXX
NEWCOURT FINANCE (FRANCE) S.N.C., S.E. NFFSESM1XXX
NEWEDGE GROUP, S.E. NEWGESM1XXX
NORWICH AND PETERBOROUGH BUILDING SOCIETY NPBSES21XXX
OPEN BANK SANTANDER CONSUMER, S.A. OPENESMMXXX
PHILIPPINE NATIONAL BANK, S.A. PNBMESM1XXX
PKB PRIVATBANK AG. PKBSES21XXX
POPULAR BANCA PRIVADA, S.A. POPIESMMXXX
PRIVAT BANK, S.A. PRVBESB1XXX
PRIVATBANK IHAG ZURICH IHZUES21XXX
PROBANCA, SERVICIOS FINANCIEROS, S.A. PROAESMMXXX
RABOBANK ESPAÑA, S.A. PRABESMMXXX
RBC DEXIA INVESTOR SERVICES ESPAÑA, S.A. BVALESMMXXX
RHEINHYP RHEINISCHE HYPOTHEKENBANK A.G. RHRHESM1XXX
ROYAL BANK OF CANADA EUROPE LIMITED, S.E. ROYCESM1XXX
ROYAL BANK OF CANADA, SUCURSAL EN ESPAÑA ROYCESM1XXX
SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A. SCFBESMMXXX
SANTANDER INVESTMENT, S.A. SABNESMMXXX
SELF TRADE BANK, S.A. SELFESM1XXX
SINDICATO DE BANQUEROS DE BARCELONA, S.A. SIBBESBBXXX
SOCIETE GENERALE, S.E. SOGEESMMXXX
SOLBANK SBD, S.A. SLBKESBBXXX
STANDARD CHARTERED BANK SCBLESM1XXX
SVENSKA HANDELSBANKEN HANDES21XXX
THE BANK OF NEW YORK MELLON IRVTESM1XXX
THE BANK OF TOKYO-MITSUBISHI UFJ, LTD, S.E. BOTKESMXXXX
THE DAI-ICHI KANGYO BANK LIMITED, S.E. DKBBESM1XXX
THE FUJI BANK LIMITED, S.E. FUJIJPJTXXX
THE SAKURA BANK LIMITED, S.E. MITKESM1XXX
THE SANWA BANK LIMITED, S.E. SANWESM1XXX
THE SUMITOMO BANK, S.E. SMITESMXXXX
TRIODOS BANK, N.V., S.E. TRIOESMMXXX
UBI BANCA INTERNATIONAL, S.A., S.E. UBIBESMMXXX
UBS BANK, S.A UBSWESMMXXX
UBS, A.G. S.E. UBSWESMMXXX
UNICREDIT SOCIETA PER AZIONI, S.E. UNCRESMMXXX
UNION DE CREDITOS INMOBILIARIOS, S.A., E.F.C. UCINESMMXXX
UNOE BANK, S.A. UNOEESM1XXX
VOLKSWAGEN BANK GMBH, S.E. VOWAES21XXX
WAFABANK WAFAESM1XXX
WESTLB AG, S.E. WELAESMMXXX

El BIC (Bank Identfier Code) identifica al banco beneficiario de una transferencia, o al que se carga un adeudo. Completa la información proporcionada por el Código IBAN. Normalmente consta de 11 caracteres, aunque en ocasiones pueden ser solamente 8. También se conoce a menudo con el nombre de código o dirección Swift. Para que una transferencia intracomunitaria sujeta al Reglameto 2560/2001 esté sometida a la misma comisión que una nacional de idéntico importe, el ordenante debe facilitar al banco entre otros los códigos IBAN y BIC del beneficiario.

Pagos NFC con AvancePay


Logo-Avance-PayAvance Pay es una empresa tecnológica suiza fundada en 2011 especializada en soluciones de pago y transacciones basadas en NFC para teléfonos móviles con sede en varios países incluyendo España.

El equipo directivo tiene una larga experiencia en el campo de las transacciones electrónicas y de ticketing, NFC, RFID y  cómo emprendedor tecnológico. Avance Pay está continuamente haciendo crecer su cartera de Propiedad Intelectual.

La tecnología de Avance Pay convierte los smartphones con NFC en Terminales Punto de Venta sin contacto a un bajo coste de inversión, cumpliendo con el standard EMV. Estos Terminales de Pago Móviles permitirán a nuestros partners del sector de servicios de pago, aumentar significativamente su negocio.

El  Terminal de Pago Móvil está diseñado para aceptar cualquier forma de pago sin-contacto, no sólo tarjetas de crédito y débito sin-contacto, sino también aplicaciones de tarjeta virtual móvil basadas en NFC (eWallets). No se requiere ningún lector adicional, sino que el Smartphone o Tablet del vendedor tenga la funcionalidad  NFC integrada, el resultado es una solución todo-en-uno.

Debido a la total protección de todo el sistema, el Terminal de Pago Móvil realiza transacciones altamente seguras tanto en modo online como offline. Esto significa que los pagos pueden ser aceptados de manera segura incluso, cuando el Terminal de Pago Móvil está funcionando en modo offline, es decir, sin conexión con el servidor. Esto permite un uso muy flexible en diferentes áreas de aplicación donde otros equipos fallarían.

Además, el Terminal de Pago Móvil proporciona capacidad de administración e información, incluyendo informes detallados sobre la actividad de las transacciones.

Movil-AvancePay

Nuevo informe de mercado en 2012: Facturación electrónica como oportunidad dentro del difícil entorno de mercado


Billentis, consultora especialista en el mercado de la factura electrónica a nivel internacional,  acaba de publicar el informe Opportunities in a challenging market environment.

En comparación con los procesos basados en papel, los procesos de gestión de facturación electrónica hacen posible una reducción de costes de entre un 50% y un 80%. Las inversiones en procesamiento de facturación electrónica pueden a menudo recuperarse a los 6 meses.

Muchas compañías ya usan procesos electrónicos. Está previsto que en el año 2012 se envíen y archiven sin papel más de 15.000 millones de facturas y recibos en todo el mundo y unos 4.500 millones de facturas en Europa.

El elevado nivel de deuda del sector público supone que en este ámbito se deben automatizar los procesos y reducir los costes de forma sostenible. El potencial de optimización del sector público solo en Europa está previsto que alcance al menos los 40.000 millones de euros.

Cada vez son más y más los clientes que esperan recibir las facturas de sus proveedores en formato electrónico. Así, se esperan unas tasas sostenibles de crecimiento de entre  un 20% y un 30% para el mercado de la facturación electrónica en los próximos años.

Debido al atractivo de este mercado, varios centenares de proveedores de servicios y casas de software ofrecen sus soluciones de facturación electrónica. Debido a ello no existe escasez de ofertas.

En cambio, los usuarios esperan ahora disponer de toda la información  que facilite la integración en relación a este tema.

Se ha publicado ha finales de marzo de 2012 un nuevo informe de mercado que será de gran ayuda para las compañías que desean seleccionar el mejor modelo de facturación electrónica y contar con la solución óptima. El autor del informe es el analista de mercados internacionales Bruno Koch, de Billentis.

El informe pretende servir de apoyo a los emisores y receptores de facturas que desean sustituir los onerosos procesos de facturación basados en papel por procesos modernos y automatizados. Incluyen las cifras e información más importante en torno al mercado. Además de los hechos sobre el desarrollo del mercado y las iniciativas relativas (estándares, leyes), el lector dispondrá también de análisis cualitativos y muchos detalles en torno a las diferentes soluciones ofrecidas.

El informe está disponible de forma gratuita en: http://www.billentis.com y también a través de las webs de los patrocinadores.

SITE 2010, nueva Feria Tecnológica y punto de encuentro de la innovación


Los próximos 27 y 18 de noviembre nos vemos en La Coruña, en el Congreso SITE que se desarrollará junto con la Feria Salón Internacional de Nuevas Tecnologías, centrada este año, de forma especial, en las Transacciones.

Por primera vez en un evento ferial, SITE creará en A Coruña un punto de encuentro del mundo de la innovación en la banca, el comercio electrónico y las administraciones públicas, un escaparate en el que descubrir las tecnologías más prometedoras dentro de su espacio expositivo, mientras se analizan las propuestas más provocadoras de expertos mundiales en su sección congresual, inaugurada por Chris Skinner, autoridad mundial sobre el futuro de los servicios financieros.

Desde la posición de Galicia como una de las comunidades con  mayor implantación de la e-administración y con una cantera de empresas y profesionales punteros en muy diversos ámbitos de las finanzas y la innovación empresarial, SITE crea un escaparate para las propuestas de innovación tecnológica procedentes de todo el mundo.

Es posible seguir algunos aspectos del evento a través de su blog.

Ya empiezan a ser noticia algunos de los aspectos del evento.

Trustworthiness of Services in the Cloud


This days we are preparing some marketing material for the Hannover CeBIT Trade Show and think about what can define our products and services in as few words as possible.

And I think we have got the right answer in this simple title: Trustworthiness of Services in the Cloud

This creates a bridge between some of the concepts in the american view of technology and those managed in european contexts, in which electronic evidences have special meaning.

I think this approach is specially true in some of our products and services. zBackTrust defines an architectural approach to Trustworthiness in Mainframe environments, managing electronic signatures in several formats and through several standard protocols. And at the same time defining Digital Custody and Metadata to characterize authentic electronic documents, which can be accessed through the electronic web reference (electronic see, electronic seat, electronic head-office).

And filling the bridge, we are now designing some of the connections between OpenID and PKI in our development «roadmap», which will be available soon in the future.

Some of the services go through EADTrust, a certification service provider which operates «in the cloud» to supply services like timestamping or certificates validation as a Trusted Third Party. This is going to be of help in Europe, since there are more than 100 Certification Authorities, and it is not easy to get the information about where to verify issued certificates (being through CRLs or OCSP).

Electronic Invoice Summit – Madrid – The 27, 28 and 29 of April 2010


In the framework of events of the  Spanish Presidency of the Council of the European Union, will take place in Madrid the Conference on “Electronic invoicing in Europe” organised by the European Commission. This international Conference will gather european eInvoice experts in the Auditorium of the State Secretariat of Telecommunications and the Information Society in Madrid the 27 and 28 of April 2010. ASIMELEC Congress on electronic invoice (this year in its 5th edition) will take place on the following day, the 29th of April of 2010, so delegates can particiate on both events if they wish to.

Aim of the conference

Electronic invoices, compared to paper invoices, offer substantial advantages for public and private organisations of all sizes. Widespread uptake of electronic invoicing could be of considerable benefit for the EU economy with potential savings for trading partners (senders and receivers of invoices). However, most of the potential offered by e-Invoicing remains untapped, especially among SMEs, because of the continued existence of regulatory and technical barriers to its full deployment.

Over the past few years, the European Commission has given continuous support to the uptake of e-Invoicing solutions. Several initiatives at European level have been launched in order to facilitate the emergence of a pan-European e-invoicing environment for businesses and public authorities. In particular, the Commission set up an independent Expert Group on e-Invoicing who proposed, at the end of 2009, a European e-Invoicing Framework (EEIF) with recommendations for the provision of e-Invoicing services in an open, competitive and interoperable manner across Europe.

In parallel to these initiatives, other activities affecting the uptake of electronic invoices are:

  • The creation of the Single Euro Payments Area (SEPA) and
  • The VAT directive (2006/112/EC) and its proposed amendments on electronic invoicing currently discussed at the Council.

The European e-Invoicing framework proposed by the Expert Group challenged the identified regulatory and technical barriers with recommendations addressing standards, interoperability, legal requirements and the uptake of e-invoicing by SMEs. These propositions have been published and are open to public consultation until the 26 February 2010.

The conference is being held at an appropriate moment to debate the recommendations of the Expert Group and discuss the key actions to be taken to remove the barriers which currently affect the use of electronic invoices. In that respect, four sessions addressing the current difficulties of e-Invoicing are planned on :

  • SMEs and E-invoicing
  • Interoperability
  • Standards
  • Legal framework for electronic invoices

Speakers will include Members of the European Parliament and the European Commission, representatives from the European Central Bank, high-level representatives of EU Member State governments, businesses, standardisation bodies and NGOs.

The conference is organised by the European Commission under the auspices of the Spanish Presidency of the Council. The conference will take place at the State Secretariat of Telecommunications and the Information Society in Madrid the 27 and 28 of April 2010.

This is a clear oportunity to learn more about UBL, the preferred XML format to be used internationally to foster electronic invoice interoperability.

ASIMELEC eInvoice Congress

ASIMELEC has been organizing  4 Congreses on Electronic Signature and Certified Imaging, and 2010 will see the 5th edition.   This year the event will show an international agenda with key bullets, such as interoperability issues, the ammendment of the VAT directive and fostering eInvoice adoption by SMBs. The date for the event is the 29 of april 2010, and will be organized in close relationship with the Official event.

One of the succes case will be based on the  Invoicex Project.

This V Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada, (5th Congress on Electronic Invoice and Certified Imaging) will have an approximate cost of 250 euros. In a few days, registration will be available at  ASIMELEC web site.

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Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago.


La creación del euro en 1999 y su puesta en circulación en 2002 como moneda única, al menos en la zona de los países que adoptaron la nueva divisa, debió originar, al mismo tiempo, la regulación uniforme de los instrumentos de pago que hacen posible la utilización de dicha moneda.

Aunque se aprobaron determinadas normas comunitarias con objetivos armonizadores sobre algunos aspectos de los sistemas de pago, no fue hasta 2005 cuando la Comisión de la Unión Europea presentó la propuesta de Directiva sobre servicios de pago en el mercado interior, la cual fue aprobada como Directiva 2007/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, sobre servicios de pago en el mercado interior, por la que se modifican las Directivas 97/7/CE, 2005/65/CE y 2006/48/CE y por la que se deroga la Directiva 97/5/CE.

La Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago incorpora al Ordenamiento jurídico español la citada Directiva.

El objetivo general de la Directiva es garantizar que los pagos realizados en el ámbito de la Unión Europea -en concreto, las transferencias, los adeudos directos y las operaciones de pago directo efectuadas mediante tarjeta– puedan realizarse con la misma facilidad, eficiencia y seguridad que los pagos nacionales internos de los Estados miembros.

Junto a ello contribuye al reforzamiento y protección de los derechos de los usuarios de los servicios de pago y facilita la aplicación operativa de los instrumentos de la zona única de pagos en euros, lo que se ha denominado SEPA (Single Euro Payments Area), que se ha de desarrollar por la industria privada con el impulso del Banco Central Europeo y de los Bancos Centrales nacionales.

La SEPA ha de significar, cuando esté concluida, previsiblemente a finales de 2010, que los servicios de pago, contemplados en la Directiva, se presten en la Unión Europea como en un territorio sin fronteras (es decir, como si se hubierna realizado en un mismo pais) y donde las posibles diferencias de costes no tengan otra causa que la eficiencia de los prestadores de los servicios.

Tanto la Ley como la Directiva pretenden:

  1. Estimular la competencia entre los mercados nacionales y asegurar igualdad de oportunidades para competir. En esta línea, se permite la creación de nuevas entidades de pago que, sin perjuicio de que cumplan importantes exigencias y garantías para su funcionamiento, puedan representar una ampliación de los proveedores de servicios de pago.
  2. Aumentar la transparencia en el mercado, tanto para los prestadores de los servicios como de los usuarios. Para conseguir este objetivo es preciso establecer normas comunes, como mejor sistema para ofrecer seguridad jurídica, tanto en el ámbito nacional como en el transfronterizo, toda vez que son uniformes las condiciones y los requisitos de información aplicables a los servicios de pago.
  3. Establecer un sistema común de derechos y obligaciones para proveedores y para usuarios en relación con la prestación y utilización de los servicios de pago. Sin tal ordenación, sería imposible la integración del mercado único de pagos.

Todo ello contribuirá a una mayor eficiencia, un nivel más elevado de automatización y un procedimiento común sujeto a legislación comunitaria.

Jornada: Los efectos de la crisis en las prioridades tecnológicas de la banca comercial


Financial Tech MagazineFinancialTech Magazine convoca a los profesionales de las entidades financieras a una Jornada que bajo el nombre «Un nuevo entorno tecnológico para la banca comercial», se llevará a cabo durante la mañana del día 20 de mayo de 2009, en el Hotel Meliá Avenida de América en Madrid.

Durante tres horas se presentarán tres interesantes ponencias, de interés para el sector. Se hablará de Las Nuevas obligaciones legales en Banca, de impacto tecnológico, (Ley 22/2007 y Ley 56/2007), de lo que me ocuparé yo, y de Soluciones para afrontar los retos actuales del Sector Financiero, que tratará Ramón de la Fuente de Adobe.

Por último, el Director de la publicación, Oski Goldfryd presentará un interesante estudio de Datamonitor, «Un nuevo entorno tecnológico para la banca comercial«. El objetivo: intentar comprender los efectos de la actual crisis financiera en las prioridades tecnológicas de la banca comercial.  

Este informe se entregará a los asistentes.

La participación en esta Jornada es gratuita, pero requiere de la inscripción previa en esta página web:
http://www.ateneainteractiva.com/financialtech 

El evento permitirá, además, un encuentro informal entre la redacción de FinancialTech y sus lectores. Habrá un cocktail al final de la Jornada, que servirá para intercambiar opiniones, en estos momentos tan complicados para todos.

AdobeLa Jornada cuenta con el patrocinio de Adobe Systems, y, como detalle, la inscripción se realiza sobre el propio folleto en PDF del evento que incorpora la tecnología de formularios inteligentes de Adobe.

Este evento está destinado exclusivamente para profesionales de entidades financieras. En el futuro también se organizarán eventos abiertos desde la publicación.

Proyecto de Ley de Servicios de Pago


En el Consejo de Ministros de ayer viernes, 3 de abril de 2009, se aprobó la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley de Servicios de Pago. Enmarca los desarrollos SEPA a los que hemos hecho referencia en este blog.

Single Euro Payment AreaGarantiza seguridad, eficiencia y facilidad en las operaciones de pago realizadas en el ámbito de la Unión Europea.

Refuerza los derechos y la protección de los usuarios de este tipo de servicios financieros.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Servicios de Pago, por el que se transpone a la normativa española la Directiva comunitaria de 2007/64/CE  sobre servicios de pago en el mercado interior.

Esta norma garantiza que los pagos realizados en el ámbito de la Unión Europea, en concreto las transferencias, los adeudos directos y las operaciones de pago efectuadas mediante tarjeta, puedan realizarse con la misma facilidad, eficiencia y seguridad que los pagos nacionales internos de los Estados miembros.

Tras la entrada en vigor de la nueva regulación en los veintisiete Estados miembros, el cumplimiento de tales objetivos propiciará que los usuarios de servicios de pago se beneficien, entre otras, de las siguientes novedades:

  • La posibilidad de realizar más sencilla, segura y eficientemente transferencias transfronterizas, incluyendo adeudos.
  • La posibilidad de utilizar tarjetas de débito en cualquier otro Estado.
  • La posibilidad de operar con una sola cuenta corriente en todo el territorio, sin necesidad de abrir una nueva cuenta corriente si se desplazan a otro Estado por motivos laborales, de estudios, etcétera.
  • La mayor rapidez de los pagos, de manera que el beneficiario dispondrá de los fondos como muy tarde el día siguiente al de la realización de la transferencia.
  • La disposición de mayores niveles de protección y de mejor información, como por ejemplo la relativa a los gastos aplicados, el establecimiento de reglas más claras sobre el reembolso en caso de transacciones mal ejecutadas o la reducción o eliminación total de su responsabilidad en caso de pérdida o robo de un instrumento de pago.
  • La regulación de los gastos aplicables. En toda prestación de servicios de pago que no incluya una conversión en divisas, los gastos serán compartidos entre ordenante y beneficiario. Se trata de la cláusula “share”, novedosa en el ordenamiento jurídico español, ya que hasta el momento los gastos corren íntegramente de cuenta del ordenante.

Determinación de los servicios de pago y de los proveedores autorizados

Entre los servicios de pago regulados, el Proyecto de Ley establece la ejecución de transferencias, la ejecución de operaciones de pago mediante tarjeta de pago o dispositivo similar y la ejecución de los adeudos domiciliados, y extiende su ámbito a otros servicios de pago tales como la emisión y adquisición de instrumentos de pago o el envío de dinero.

En definitiva, la prestación de cualquiera de los servicios de pago enumerados y regulados por el Proyecto de Ley queda prohibida a cualquier persona física o jurídica que no tenga la condición de proveedor de servicios de pago.

Régimen jurídico de las entidades de pago

La norma establece un nuevo tipo de entidades autorizadas para la prestación y ejecución de los servicios de pago regulado por la Directiva, las entidades de pago, y configura el régimen jurídico de esta nueva categoría de entidades.

Entre los aspectos sustanciales del régimen jurídico, las entidades estarán sujetas a una autorización administrativa, que será concedida por el Ministro de Economía y Hacienda con los preceptivos informes del Banco de España y del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC). Se establecen, igualmente, los requisitos de capital inicial y recursos propios, el listado de actividades que pueden realizar y los requisitos de garantía previstos para la salvaguarda de los fondos recibidos para la ejecución de las operaciones de pago.

Además, el Proyecto completa el régimen jurídico de las entidades de pago con las oportunas disposiciones referidas al ejercicio del derecho de establecimiento y la libre prestación de servicios dentro de la Unión Europea, a la utilización de agentes y delegación de funciones, a la contabilidad y auditoría, y al ejercicio de la función supervisora del Banco de España en términos similares a los previstos por la legislación vigente para las entidades de crédito.

Transparencia de los servicios de pago

Con objeto de garantizar la adecuada protección de los usuarios de servicios de pago, el nuevo texto incluye un conjunto de obligaciones de información (sobre los costes de las operaciones, la fecha de recepción de la orden de pago, el importe de la operación, etcétera) que el proveedor de un servicio de pago habrá de suministrar a los usuarios de dichos servicios, ya se trate de operaciones de pago singulares o de operaciones de pago reguladas por un contrato marco.

Los proveedores de servicios de pago quedarán obligados a facilitar de manera gratuita la información que en relación con la prestación de servicios de pago se determine reglamentariamente. El proveedor tan sólo podrá cobrar por información adicional o más frecuente, y, en todo caso, de manera proporcionada a los costes efectivamente soportados.

Derechos y obligaciones derivados de la prestación y utilización de los servicios de pago

Para la protección de los derechos de los clientes de servicios financieros, el Proyecto de Ley incluye un amplio conjunto de derechos y obligaciones derivados de la relación contractual entre el prestador del servicio de pago y el usuario de un servicio.

Asimismo, incide en el buen uso de los instrumentos de pago, incrementa de manera notable el nivel de protección de los usuarios, tanto a nivel general como en relación con cada uno de los aspectos sustanciales de la relación contractual previstos, es decir, los relativos a los gastos aplicables, la autorización de operaciones de pago y la ejecución de órdenes de pago.

Por último, el Proyecto se refiere a los gastos aplicables. Se prevé que en toda prestación de servicios de pago que no incluya una conversión en divisas los gastos serán compartidos entre ordenante y beneficiario. De nuevo, se trata de la conocida como cláusula “share” , novedosa en nuestro ordenamiento jurídico, ya que hasta el momento los gastos corren íntegramente de cuenta del ordenante.

Servired y Sistema 4B podrían fusionar sus procesadores


El desarrollo del SCF (SEPA Card Famework) impone que las empresas de gestión de medios de pago segreguen sus actividades de procesamiento de las relativas a la gestión de las marcas, a las que ahora se denomina actividades de «esquema» de medios de pago.

Por su estructura de varias empresas el entorno SEMP-Servired-SERMEPA lo tuvo fácil. La denominación SERMEPA quedó para la procesadora y Servired Sociedad Española de Medios de Pago, fue la denominación para el Esquema.

Sistema 4B tuvo que escindir su actividad procesadora, con la denominación «Redes y Procesos» .

Ahora las entidades procesadoras inician conversaciones para valorar su posible fusión, lo que podría redundar en sustanciosos ahorros de costes, y en lograr un volumen de operaciones que situaría a la nueva sociedad como líder europea. Lo cual implica su capacidad para absorber las actividades de procesamiento de esquemas de otros paises. En definitiva el posicionamiento como uno de los grandes campeones europeos en procesamiento de medios de pago.

Esta iniciativa es una consecuencia lógica de las presiones derivadas de SEPA y del posicionamiento de España como uno de los países líderes mundiales en gestión de medios de pago. Solo es cuestión de tiempo que las Cajas de Ahorro valoren la importancia de este movimiento y se sumen al carro. En este caso, con el valor añadido de su credibilidad para atraer a otras cajas de ahorro europeas.

Estamos en los albores de una nueva etapa en los que el procesador español (si al final consigue unificar todas las iniciativas) podría llegar a ser uno de los pocos líderes mundiales de esta actividad.

La noticia se ha publicado en el web de Sermepa, y de ella se ha hecho eco el diario El Pais

Servired y 4B fusionan sus sistemas de proceso de datos

Las dos redes suman el 85% del mercado de tarjetas

Í. BARRÓN – Madrid – 15/10/2008

Seguirán como marcas independientes, por el momento, pero estudian unir la parte más cara de su negocio: los sistemas de procesos, es decir, los ordenadores, que son más costosos que la plantilla. El objetivo es ganar tamaño y competitividad frente a la dura competencia europea, que amenaza con implantarse en España en los próximos años.

Las empresas procesadoras de medios de pago Sermepa (que emite tarjetas Servired) y Redes y Procesos (tarjetas 4B) han acordado «iniciar negociaciones» para la integración de sus actividades. Si este proceso concluye en una fusión, como parece probable, las entidades que forman parte de Servired serán las que dominen la nueva compañía, ya que esta sociedad tiene más del 60% del mercado. En Servired están el BBVA, La Caixa, Caja Madrid, Bancaja, Banco Sabadell, Bankinter, Caja España y Caja Laboral Popular, entre otros. Redes y Procesos, con el 25% del mercado, está formado por todas las entidades del grupo Santander, el grupo Banco Popular, Guipuzcoano, Pastor, Banco Gallego y Banca March.

Esta operación podría dejar arrinconado al sistema de las cajas de ahorros, Euro 6000, que sólo tiene el 15% del mercado. La marcha de las grandes cajas del sistema de la Confederación de Cajas de Ahorros (CECA) abrió una de las mayores crisis de esta institución. Con el paso del tiempo, se comprueba que las consecuencias de la marcha de La Caixa, Caja Madrid, Bancaja y Caixa Catalunya, entre otras, ha tenido consecuencias muy relevantes. Euro 6000 está buscando alianzas con operadores europeos, como First Data, así como posibles alianzas con cajas, para garantizar su supervivencia.

El objetivo de esta posible fusión, explican, es que ambas consideran que «juntas garantizarían el tamaño y la competitividad suficientes para ser uno de los líderes del sector en Europa».

De hecho, la Comisión Europea y el Banco Central Europeo (BCE) han alentado las fusiones en el sector de los medios de pago, preocupados por el excesivo número de pequeñas empresas procesadoras que hay en la Unión Europea (UE) y por su incapacidad de competir en tamaño con los grandes operadores. No hay que olvidar que en alguno de los principales países de Europa ya cuentan con un solo operador.

Y, por otro lado, con la integración se respondería a la necesidad de «mantener a España como referencia en la industria de los servicios bancarios europeos». También hace referencia a «situarse en la mejor posición competitiva posible para hacer frente a los retos y aprovechar las ventajas del nuevo marco definido por la implantación de la Zona Única de Medios de Pago (SEPA)», explica la nota.

La nota de prensa:

Sermepa y Redes y Procesos acuedan estudiar su fusión

Las empresas procesadoras de medios de pago Sermepa S.A. y Redes y Procesos S.A. estudian un proceso de fusión. Ambas compañías han acordado “el inicio y el desarrollo de contactos y, en su caso, negociaciones, para determinar la viabilidad, interés y condiciones de un proceso de integración de su actividad de procesamiento”.

Si el proceso concluye en una fusión, ésta se sometería, con las preceptivas autorizaciones previas de las autoridades competentes, a su aprobación por los respectivos órganos de gobierno.

El objetivo de este movimiento responde tanto a la necesidad de mantener a España como referencia en la industria de los servicios bancarios europeos, como a la de situarse en la mejor posición competitiva posible para hacer frente a los retos y aprovechar las ventajas del nuevo marco definido por la implantación de la Single Euro Payments Area (SEPA)

La Comisión Europea y el Banco Central Europeo han manifestado su preocupación por el excesivo número de pequeñas sociedades de proceso existentes en la Unión Europea, incapaces, por separado, de competir en tamaño con los grandes operadores y han alentado procesos de concentración en el sector de los medios de pago. Esta preocupación ha sido rápidamente contestada por algunos países europeos en los que se constatan antecedentes que han sido formalmente autorizados por las autoridades de competencia, entre ellos, la fusión de SIA/SSB en Italia o la que dio lugar a VocaLink en el Reino Unido.

En este entorno, las entidades bancarias accionistas de Sermepa y Redes y Procesos consideran que juntas garantizarían el tamaño y la competitividad suficientes para ser uno de los líderes del sector en Europa.

Su integración, eventualmente por la vía de fusión, en un sector en el que las economías de escala resultan fundamentales, responde a una lógica económica y a una recomendable estrategia para la industria. Las entidades aseguran que de su integración se derivaran beneficios, no sólo para las sociedades que se fusionen y sus socios, sino para la industria de los medios de pago en general, para sus usuarios y para el conjunto de los consumidores.

El presidente de Sermepa, José Manuel Gabeiras, ha manifestado tras el acuerdo que “gracias al nuevo entorno europeo podremos realizar una operación planteada y deseada históricamente por los distintos actores del sector”

En el mismo tono, el presidente de Redes y Procesos, Jesús Arellano, afirmaba que “con esta operación, nuestra posición competitiva pasará a ser mucho más significativa y fuerte en Europa”

Sermepa procesó durante el año 2007 un total de 1.950 millones de transacciones on-line y, como empresa de desarrollo tecnológico, proporciona soluciones para la industria de medios de pago de países como Andorra, Méjico, Perú, Brasil, Argentina, Venezuela y Estados Unidos.

Redes y Procesos, por su parte, procesó durante el año 2007 un total de 1.510 millones de transacciones on line, gestionando 12.680 cajeros automáticos y 458.000 terminales punto de venta.