El artículo 1262 del Código Civil establece:
El consentimiento se manifiesta por el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato.
Hallándose en lugares distintos el que hizo la oferta y el que la aceptó, hay consentimiento desde que el oferente conoce la aceptación o desde que, habiéndosela remitido el aceptante, no pueda ignorarla sin faltar a la buena fe. El contrato, en tal caso, se presume celebrado en el lugar en que se hizo la oferta.
En los contratos celebrados mediante dispositivos automáticos hay consentimiento desde que se manifiesta la aceptación.
Por otro lado el artículo 1450 indica:
La venta se perfeccionará entre comprador y vendedor, y será obligatoria para ambos, si hubieren convenido en la cosa objeto del contrato, y en el precio, aunque ni la una ni el otro se hayan entregado.
Aunque hay contratos que exigen por su naturaleza requisitos especiales y otros con exigencias de forma concreta («ad solemnitatem o ad subtantiam») la mayor parte de los contratos que se vehiculan a través de internet se basan en la adecuada prestación del consentimiento. Sin consentimiento, sin confirmación de la existencia de voluntad por las partes en crear una relación jurídica generadora de derechos y obligaciones, no hay contrato.
Y esta es una de las ventajas de Noticeman: no se limita a garantizar la entrega a su destinatario de un documento en determinado momento, propio de un servicio de notificación, sino que permite gestionar diferentes variantes de prestación del consentimiento .
De esta forma, el documento notificado supone la entrega incuestionable de la oferta, y la respuesta marcada por el destinario asociada a esa oferta es la prestación del consentimiento, resultando en la perfección del contrato, de una forma que recoge todas las evidencias electrónicas de los momentos en los que se dieron los pasos de la presentación de la oferta y de su aceptación, recogiendo la expresión de voluntad de las partes.
Al redactar el mensaje la pantalla de edición es semejante a una pantalla de GMAIL u otra herramienta de redacción de correos electrónicos, y es posible adjuntar ficheros (por ejemplo el fichero de oferta).
Pero en la parte de abajo de la pantalla hay una persianilla de opciones («combo box») para que el remitente elija cómo quiere que Noticeman gestione el mensaje frente al destinatario, permitiendo varias modalidades de respuesta.

Simplemente seleccionando la opción «Acepto/no acepto» se le ofrece la destinatario la opción de elegir. De modo que si elige «Acepto» se logra la perfección del contrato con evidencias electrónicas para ambas partes, recogidas en un soporte duradero.