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FprEN 16931-1 Facturación electrónica – Parte 1: Modelo de datos semántico de los elementos básicos de una factura electrónica


e-invoicingYa está disponible en las tiendas on-line de estándares el borrador de la norma FprEN 16931-1 Electronic invoicing – Part 1: Semantic data model of the core elements of an electronic invoice

Esta Norma Europea establece un modelo de datos semántico de los elementos centrales de una factura electrónica. El modelo semántico incluye sólo los elementos esenciales de información que una factura electrónica necesita para garantizar el cumplimiento legal (incluido el fiscal) y permitir la interoperabilidad para el comercio transfronterizo, transversal y para el comercio interior.

El modelo semántico puede ser utilizado por las organizaciones de los sectores público y privado para la facturación en un contexto de contratación pública.

También puede utilizarse para la facturación entre empresas del sector privado. Esta norma europea cumple al menos los siguientes criterios:

  • es tecnológicamente neutra;
  • es compatible con las normas internacionales de aplicación en materia de facturación electrónica;
  • tiene en cuenta las necesidades de protección de datos de carácter personal de conformidad con la Directiva 95/46 / CE, un enfoque de «protección de datos por diseño» y los principios de proporcionalidad, minimización de datos y limitación de objetivos; es compatible con las disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/112 / CE;
  • permite el establecimiento de sistemas de facturación electrónica prácticos, fáciles de utilizar, flexibles y rentables;
  • tiene en cuenta las necesidades especiales de las pequeñas y medianas empresas, así como de los poderes adjudicadores subcentrales y las entidades adjudicadoras del sector público;
  • es apto para ser utilizado en transacciones comerciales entre empresas

Sin embargo, no recoge el elemento semántico que permita indicar el mecanismo de autenticidad e integridad previsto en la Directiva 2010/45/UE del Consejo, de 13 de julio de 2010, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido, en lo que respecta a las normas de facturación.

OJO. No confundir esta norma con la ISO 19631 (2009) Animal and vegetable fats and oils. Determination of polymerized triacylglycerols by high-performance size- exclusion chromatography (HPSEC)

En español UNE-EN ISO 16931:2010 Aceites y grasas de origen animal y vegetal. Determinación de triacilgliceroles polimerizados mediante cromatografía de exclusión de tamaño de alta resolución (HPSEC). (ISO 16931:2009)

Noticias sesgadas sobre la factura electrónica


Coincidiendo con la aprobación por el Consejo de Ministros de una nueva normativa sobre factura electrónica que ya ha tenido entrada en las cortes, son muchas las noticias publicadas al respecto en diferentes medios de comunicación.

Me ha llamado especialmente la atención una titulada La factura electrónica obligará a algunas empresas a duplicar sus gastos en sistemas de contabilidad porque dice justamente lo contrario a la realidad.

La noticia mezcla aspectos que son ciertos con otros que son falsos. Pero con la expresión «Según fuentes de este foro…» da a entender que se produce un contexto generalizado de controversias que no es cierto.

El sistema empleado mayoritariamente en España  es el formato XML facturae y es compatible con UBL y CII, los dos principales formatos internacionales.

EDIFACT se usa solo en algunos ámbitos del sector de la distribución y al no estar basado en XML (sino en formatos de tipo EDI, creados a partir de 1975) es cada vez más obsoleto. Y por otro lado cuenta con múltiples herramientas gratuitas de conversión hacia y desde facturae.

La posición de todos los representantes del sector privado y del sector público ha sido siempre unánime en el Foro de la Factura Electrónica a favor del formato facturae con la excepción del representante de AECOC, que siempre ha querido arrimar el ascua a su sardina, ya que el formato EDI de AECOC es de pago (a AECOC) y el facturae es gratuito.

Intentar atribuir la decisión de impulsar facturae en detrimento de EDIFACT singularmente a una persona relevante del foro (que actua por delegación del Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información) como «culpable» de una decisión supuestamente negativa parece bastante falaz, y además es ajeno a la realidad.

Las «fuentes de este foro» solo pueden referirse a una persona que es la representante de AECOC que abandonó la última reunión del Foro sin asistir al debate y sin dar ni escuchar ningún argumento ni propuesta de conciliación.