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La Comisión Europea impulsa nuevos Reglamentos para los servicios y las plataformas digitales


El pasado 15 de diciembre 2020, la Comisión Europea ha hecho públicos los borradores de futuros Reglamentos Europeos que supondrán una ambiciosa reforma del espacio digital, con nuevas normas para los servicios digitales, incluidas las redes sociales, los mercados en línea y otras plataformas en línea que operan en la Unión Europea: el Reglamento de Servicios Digitales (que además modifica la Directiva 2000/31/EC)  y el Reglamento de Mercados Digitales.

Al adoptar la forma de Reglamento, serán de directa aplicación en todos los paises miembros de la Unión Europea con lo que armonizará su aplicación en todo el mercado único fomentando la innovación, el crecimiento y la competitividad.

Los valores europeos están en el centro de ambas propuestas. Se pretende que las nuevas normas protejan mejor a los consumidores y sus derechos fundamentales en línea, y que favorezcan mercados digitales más justos y abiertos para todos.

Además, las nuevas normas prohibirán que las plataformas en línea puedan imponer condiciones desequilibradas a los usuarios de forma unilateral.

Margrethe Vestager, Vicepresidenta Ejecutiva de la iniciativa «Una Europa adaptada a la era digital» dentro de las prioridades de la Comisión Europea afirmó  «Las dos propuestas tienen un único propósito: asegurarnos de que nosotros, como usuarios, tengamos acceso a una amplia selección de productos y servicios seguros en línea. Y que las empresas que operan en Europa pueden competir libre y justamente en línea al igual que lo hacen fuera de línea. Deberíamos ser capaces de hacer nuestras compras de una manera segura y confiar en las noticias que leemos. Porque lo que es ilegal fuera de línea es igualmente ilegal en línea.»

El Comisario de Mercado Interior, Thierry Breton,  ha declarado:  «Muchas plataformas en línea han llegado a desempeñar un papel central en la vida de los ciudadanos y empresas europeos, e incluso de la sociedad y de la democracia en general. Con las propuestas anunciadas, estamos organizando nuestro espacio digital para las próximas décadas. Con normas armonizadas, obligaciones ex ante, mejor supervisión, aplicación rápida y sanciones disuasorias, nos aseguraremos de que cualquier iniciativa que ofrezca y utilice servicios digitales en Europa se beneficie de la seguridad, la confianza, la innovación y las oportunidades de negocio. «

Reglamento de Servicios Digitales

El panorama de los servicios digitales es significativamente diferente hoy en día respecto al de hace 20 años, cuando se adoptó la Directiva sobre comercio electrónico. Los intermediarios en línea se han convertido en actores vitales en la transformación digital. Las plataformas en línea, en particular, han creado importantes beneficios para los consumidores y la innovación, han facilitado el comercio transfronterizo dentro y fuera de la Unión, así como han abierto nuevas oportunidades a una variedad de empresas y comerciantes europeos. Al mismo tiempo, pueden utilizarse como vehículo para difundir contenido ilegal o vender bienes o servicios ilegales en línea. Algunos actores muy grandes han surgido como espacios cuasi-públicos para el intercambio de información y el comercio en línea. Han pasado a ser de naturaleza sistémica y plantean riesgos particulares para los derechos de los usuarios, los flujos de información y la participación pública.

En virtud del Reglamento de Servicios Digitales, se aplicarán obligaciones vinculantes en toda la Unión Europea a todos los servicios digitales que conecten a los consumidores con bienes, servicios o contenidos, lo que incluye nuevos procedimientos para una eliminación más rápida de los contenidos ilegales, así como una protección integral de los derechos fundamentales de los usuarios en línea. El nuevo marco legal reequilibrará los derechos y responsabilidades de los usuarios, las plataformas intermediarias y las autoridades públicas y se basará en los valores europeos, incluido el respeto de los derechos humanos, la libertad, la democracia, la igualdad y el Estado de Derecho. La propuesta complementa el Plan de Acción Europeo para la Democracia con el objetivo de hacer que las democracias sean más resilientes.

Concretamente, el Reglamento de Servicios Digitales introducirá una serie de nuevas obligaciones armonizadas en toda la Unión Europeapara los servicios digitales, cuidadosamente graduadas sobre la base del tamaño y el impacto de esos servicios, tales como:

  • Normas para la eliminación de bienes, servicios o contenidos ilegales en línea;
  • Salvaguardas para los usuarios cuyo contenido ha sido eliminado erróneamente por las plataformas;
  • Nuevas obligaciones para que las plataformas muy grandes adopten medidas basadas en el riesgo para evitar el abuso de sus sistemas;
  • Amplias medidas de transparencia, incluidas las relativas a la publicidad en línea y a los algoritmos utilizados para recomendar contenido a los usuarios;
  • Nuevos poderes para examinar el funcionamiento de las plataformas, incluso facilitando el acceso de los investigadores a los datos clave de la plataforma;
  • Nuevas normas sobre trazabilidad de los usuarios empresariales en los mercados en línea, para ayudar a localizar a los vendedores de bienes o servicios ilegales;
  • Un proceso de cooperación innovador entre las autoridades públicas para garantizar una aplicación eficaz en el mercado único.

Las plataformas que llegan a más del 10 % de la población de la UE (45 millones de usuarios) se consideran de naturaleza sistémica y están sujetas no sólo a obligaciones específicas de controlar sus propios riesgos, sino también a una nueva estructura de supervisión. Este nuevo marco de rendición de cuentas estará compuesto por un consejo de coordinadores nacionales de servicios digitales, con poderes especiales para la Comisión en la supervisión de plataformas muy grandes, incluida la capacidad de sancionarlos directamente.

Reglamento de Mercados Digitales

El Reglamento de Mercados Digitales aborda las consecuencias negativas derivadas de determinados comportamientos de plataformas que actúan como «porteros» o «controladores de acceso» (gatekeepers) digitales para el mercado único. Se trata de plataformas que tienen un impacto significativo en el mercado interior, sirven como un importante portal para que los usuarios empresariales lleguen a sus clientes y que gozan, o disfrutarán previsiblemente, de una posición arraigada y duradera. Esto puede otorgarles el poder de establecersus propias reglas privadas y de funcionar como cuellos de botella entre las empresas y los consumidores. A veces, estas empresas tienen control sobre ecosistemas de plataformas enteras. Si un controlador de acceso se dedicara a prácticas comerciales desleales, podría impedir o ralentizar que los servicios valiosos e innovadores de sus usuarios de negocios y competidores lleguen al consumidor. Ejemplos de estas prácticas podrían incluir el uso injusto de datos de empresas que operan en estas plataformas, o situaciones en las que los usuarios están bloqueados en un servicio en particular y tienen opciones limitadas para cambiar a otro.

El Reglamento de Mercados Digitales se basa en el Reglamento sobre el fomento de la equidad y la transparencia para los usuarios profesionales de servicios de intermediación en línea al, sobre las conclusiones del Observatorio de la UE sobre la economía de las plataformas en línea, y en la amplia experiencia de la Comisión en el tratamiento de los mercados en línea a través de la aplicación de la normativa de competencia en vigor. En particular, establece normas armonizadas que definen y prohíben esas prácticas desleales por parte de los porteros y proporcionan un mecanismo de observancia basado en investigaciones de mercado. El mismo mecanismo garantizará que las obligaciones establecidas en el Reglamento se mantengan actualizadas en la realidad digital en constante evolución.

Concretamente, el Reglamento de Mercados Digitales:

  • Obligará sólo a los principales proveedores de grandes plataformas de servicios más propensos a desarrollar prácticas desleales, como los motores de búsqueda, las redes sociales o los servicios de intermediación en línea, que cumplen los criterios legislativos objetivos que deben designarse como controladores de acceso;
  • Definirá los umbrales cuantitativos como base para identificar a los potenciales controladores de acceso. La Comisión también tendrá facultades para designar a ciertas empresas como porteros tras una investigación de mercado;
  • Prohibirá una serie de prácticas que son claramente injustas, como impedir que los usuarios puedan desinstalar cualquier software o aplicaciones preinstaladas;
  • Exigirá a los controladores de acceso que pongan en marcha proactivamente ciertas medidas, en particular aquellas que permitan que el software de terceros funcione e interopere correctamente con sus propios servicios;
  • Impondrá sanciones por incumplimiento, que podrían suponer multas de hasta el 10 % del volumen de negocios mundial del controlador de acceso, para garantizar la eficacia de las nuevas normas. En el caso de los infractores recurrentes, estas sanciones también pueden implicar la obligación de adoptar medidas estructurales, que podrían extenderse a la enajenación de determinadas empresas, cuando no se disponga de ninguna otra medida alternativa igualmente eficaz para garantizar el cumplimiento;
  • Permitirá que la Comisión lleve a cabo investigaciones de mercado específicas para evaluar si es necesario añadir nuevas prácticas y servicios de control de acceso a esta regulación, a fin de garantizar que las nuevas normas de portero se mantengan al día con el ritmo rápido de los mercados digitales.

Próximos pasos

El Parlamento Europeo y los Estados miembros debatirán las propuestas de la Comisión en el procedimiento legislativo ordinario. Si se adopta, el texto final será directamente aplicable en toda la Unión Europea.

Trasfondo

El Reglamento de Servicios Digitales y el Reglamento Mercados Digitales  son la respuesta europea al profundo proceso de reflexión en el que la Comisión, los Estados miembros de la UE y muchas otras jurisdicciones han participado en los últimos años para comprender los efectos que la digitalización, y más concretamente, el desarrollo de las plataformas en línea, tienen en los derechos fundamentales, la competencia y, en general, en nuestras sociedades y economías.

La Comisión consultó a una amplia gama de partes interesadas en la preparación de este paquete legislativo. Durante el verano de 2020, la Comisión consultó a las partes interesadas para que apoyaran aún más la labor de análisis y recopilación de pruebas para analizar las cuestiones específicas que pueden requerir una intervención a nivel de la UE en el contexto del Reglamento de Servicios Digitales y la Nueva Herramienta de Competencia, que sirvió de base para la propuesta sobre el Reglamento de Mercados Digitales. Las consultas públicas abiertas en preparación del paquete legislativo, que se desarrollaron entre junio de 2020 y septiembre de 2020, recibieron más de 3000 respuestas de todo el espectro de la economía digital y de todo el mundo.

Documentos:

En el nuevo sistema compensación de copia privada, los usuarios asumirán más coste que el real


AMETIC-englishReal Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, sobre sistema compensación de copia privada

Los usuarios sufragarán una compensación superior al daño que causan mediante la copia privada

El Congreso de los Diputados convalidó ayer hoy el Real Decreto-ley sobre el sistema de compensación equitativa por copia privada

Según una nota de AMETIC, el Real Decreto-ley aprobado la semana pasada en el Consejo de Ministros, que supone una vuelta al sistema basado en el canon digital que anteriormente estaba vigente en España, al que se han incorporado ciertas modificaciones para tratar de adaptar el sistema a la jurisprudencia europea, se aprobó ayer por el Congreso de los Diputados en su sesión plenaria.

AMETIC lamenta que se haya convalidado un Real Decreto-ley que va a encarecer el acceso a tecnología a los usuarios finales, por encima del daño que producen los dispositivos sujetos a esta norma.

Los ciudadanos tendrán que sufragar la compensación, mediante unas tarifas que no han tenido en cuenta el perjuicio que realmente pueden causar los dispositivos establecidos, al no haberse tenido en cuenta los estudios que sobre el daño causado ha venido realizando la propia Secretaría de Estado de Cultura entre los años 2012 y 2016 y que lo fijaba en aproximadamente 12 millones de euros.

Teniendo en cuenta el listado de equipos que define la norma para el periodo transitorio y las tarifas determinadas, las estimaciones realizadas por las empresas del sector indican que la cantidad recauda anualmente rebasará los 70 millones de euros, lo que supera considerablemente el perjuicio causado por la copia privada.

Como AMETIC ha trasladado en numerosas ocasiones, la excepción por copia privada origina una compensación a favor de los titulares de las obras para subsanar el daño económico que para el autor supone la realización de copias para uso privado por parte de las personas físicas. Es decir, que mediante este concepto no se debe pretender compensar otros perjuicios que puedan sufrir los autores, como pueda ser la piratería o los usos ilícitos.

Por otro lado, entre las modificaciones realizadas en este Real Decreto-ley, para adaptar el sistema a la jurisprudencia europea se ha incluido un sistema de exenciones y de reembolsos que el sector considera resultará ineficaz.

En el caso de las exenciones, las empresas privadas deben solicitar un certificado a una entidad creada por las propias Entidades de Gestión. AMETIC considera que estas certificaciones se deberían emitir por un organismo independiente, que no fuera parte interesada en la gestión y distribución de la cantidad recaudada, para garantizar la objetividad necesaria en su emisión.

En el caso del sistema de reembolso, el sector considera que no resultará efectivo, a tenor de la experiencia similar que se puso en marcha en Francia, en dónde las solicitudes de reembolso por parte de empresas, es inferior al 0,65%

AMETIC seguirá colaborando con las autoridades en el proceso de consulta y negociación de la determinación de los dispositivos y tarifas definitivos que se debe abrir a partir de ahora. Sus aportaciones defenderán, como siempre, la propiedad intelectual y el impulso de modelos sostenibles.

Las claves de la transformación digital


Estoy escribiendo el libro sobre las claves de la transformación digital.

En estos momentos el término se ha acuñado y se ha adoptado por diferentes profesionales digitales, pero significa cosas distintas para distintas personas, y cada una lo intepreta desde su experiencia y conocimientos.

Es inevitable y tampoco yo me libraré seguramente de imponer mi sesgo al concepto, aquí adelanto algunas reflexiones:

El concepto de tranformación digital surge de la necesidad de interpretar los signos de la sociedad actual y prever tendencias respecto al comportamiento de los ciudadanos, de los compradores. de los proveedores y de los empleados de las sociedades y de las relaciones de las empresas con todos esos interesados (stakeholders por su denominación anglosajona) y con otras influencias de contexto de desarrollo de los negocios: entidades de gestión de pagos de impuestos, cotizaciones sociales, gestión de controvesias (de tipo societario, mercantil, civil, social, contencioso administrativo,…).

La transformación digital resume el impulso de las entidades de todo tipo para organizarse de modo que los tecnologías de la información y las comunicaciones se adopten internamente por sus empleados y externamente con las personas, empresas y entidades diversas con las que se relacionan.

El contexto que da origen a los signos de la sociedad actual está marcado por estas tendencias:

  • Globalización
  • Inmediatez del acceso a la información
  • Ubicuidad del acceso a los medios de trabajo y ocio digitales
  • Disponibilidad de medios tecnológicos a costes muy bajos
  • Autoformación de los usuarios en ámbitos tecnologícos de su interés, en contextos colaborativos y de asistencia mutua
  • Establecimiento de vínculos de comunicación interpersonales potenciados por medios tecnológicos

La sociedad adopta medios tecnológicos con rapidez y según el momento se popularizan unos u otros conceptos que acaban impregnando el lenguaje de los ciudadanos y de los profesionales a todos los niveles y marcan las estrategias de las empresas:

  • Portales
  • Computación en la nube
  • Big data
  • Terminales inteligentes ultraconectados (teléfonos, tabletas, ordenadores personales)
  • Producción ublicua de contenidos  digitales multiformato, por «prosumidores» que los producen y consumen.
  • Buscadores y metabuscadores que determinan la relevancia y la reputación.

El contexto, los medios tecnológicos, la presión de costes, las expectativas de empleados,clientes y proveedores acaba imponiendo una visión:

¿cómo se debe organizar una empresa para aprovechar mejor los recursos humanos y técnicos y ser más competitiva, más creativa, más veloz, más innovadora, más cercana, más interactiva, proporcionando mejores productos y servicios con mejores precios que los de la competencia?

La respuesta está en el uso de la tecnología y el empoderamiento de los empleados como uno de los instrumentos para atraer y retener el talento.

La tecnología y el ingenio de empleados y directivos mejora la gestión de los recursos humanos, el diseño de los productos y de los servicios, la creaión de nuevos productos y servicios, la entrega de los productos y servicios, el marketing, las ventas, el cobro, la facturación, el servicio postventa.

Prácticamente todo se puede realizar, impulsar, potenciar tecnológicamente. En algún rincón de la organización van quedando los archivos de documentos en papel como el último vestigio de la sociedad finisecular del siglo XX para tratar las controversias que no puedan ser resueltas con medios digitales. Los documentos con valor probatorio frente a Hacienda, frente a la Seguridad Social o para poder lidiar, si se da el caso con demandas judiciales de diverso tipo.

Pero esa «última milla» en papel que se resiste a la digitalización, también puede ser «desmaterializada». La despapelización, cambia las facturas y los contratos por documentos digitales firmados electrónicamente. Los documentos de control de gestión, por evidencias electrónicas. Las notificaciones postales y los burofaxes por notificaciones digitales.

Ya estamos preparados para que la transformación digital sea total.

Si quieres saber como acabar con los útimos papeles que quedan en tu organización, contacta con nosotros y te diremos qué medios digitales existen  a disposición de tu entidad para mantener el valor probatorio que necesitas sin recurrir a los papeles.

Llama a EADTrust al +34 91 7160555.

 

Proyecto e-Ark, un arca para preservar archivos digitales y conocimiento


El Proyecto e-Ark (European Archival Records and Knowledge Preservation) es un proyecto multinacional de 6 Millones de euros y de 3 años de duración cofinanciado por la Comisión Europea en el marco de Programa de Soporte de Políticas TIC (ICT Policy Support Programme) y del programa de Competitividad e Innovación (Competitiveness and Innovation Framework Programme – CIP) y se extenderá desde el 1 de febrero de 2014 hasta el 31 de enero de 2017. En el proyecto participa el DLM Forum.

Los Archivos proporcionan un componente indispensable del ecosistema digital por salvaguardar la información y permitir el acceso a la misma. Se requiere la armonización de diferentes enfoques de archivo actualmente fragmentados para lograr economías de escala necesarias que permitan la adopción general de soluciones de extremo a extremo. Existe una necesidad crítica de establecer una metodología general para abordar retos operativos y de negocio y diseñar soluciones técnicas que permitan la captura, preservación y reutilización de documentos electrónicos.

En cooperación con los proveedores de sistemas comerciales, E-ARK creará y sostendrá en su fase piloto una metodología paneuropea para el archivado de documentos electrónicos, sintetizando las mejores prácticas nacionales e internacionales existentes, para mantener los registros y bases de datos auténticos y utilizables a lo largo del tiempo.

La metodología se aplicará en un piloto abierto en varios contextos nacionales, utilizando herramientas existentes o prototipos, y servicios desarrollados por los socios. Esto proporcionará a las instituciones encargadas de preservar la memoria documental y a sus usuarios (tanto del sector público como privado) una base para evaluar, en un contexto operacional, la idoneidad de esas tecnologías de última generación.

El Foro DLM también ayudará a extender los resultados del proyecto más allá de la fecha de terminación del proyecto en febrero de 2017. Utilizando el modelo de licencia abierta Apache, los proveedores comerciales podrán incorporar los resultados de los proyectos (en particular, las interfaces abiertas para pre-ingesta, ingesta, archivado, acceso y reutilización) en sus propios sistemas, mejorando su longevidad. Los organismos de archivos nacionales que ejecuten instancias piloto de E-ARK servirán como ejemplos para otros que quieren adoptar el nuevo sistema abierto de archivo electrónico.

 

La red temática Criptored cumple 15 años de vida, hoy 1 de diciembre


Un día como hoy hace quince años, el 1 de diciembre de 1999, comenzaba su andadura la primera red temática de habla hispana, Criptored, impulsada de forma incansable por su promotor Jorge Ramió.

Con tres lustros de existencia, su actividad y servicio ofrecido a la comunidad pueden resumirse en los siguientes datos, contrastables a fecha de hoy con un simple recorrido a través de su servidor web: 990 miembros de 255 universidades y empresas del sector de la seguridad TIC de 23 países, más de 1.600 visitas diarias con cerca de 1.500 documentos pdf y zip descargados cada día, más de 15.000 visualizaciones al mes de su documentación multimedia, 7 congresos de seguridad CIBSI y 2 Talleres de Enseñanza TIBETS organizados en Latinoamérica, así como la celebración de 5 congresos DISI con la Cátedra UPM Applus+ en Madrid.

En el apartado formación, un total de 209 alumnos han pasado por sus aulas virtuales en las 3 ediciones celebradas del curso Online de Seguridad Informática y Ciberdefensa, y casi medio millón de alumnos han participado en sus 4 cursos gratuitos del MOOC Crypt4you, pionero además en lengua hispana de esta modalidad de enseñanza abierta.

Los proyectos enciclopedia gráfica de la seguridad de la información Intypedia y píldoras formativas Thot, con centenas y decenas de miles -respectivamente- de visitas en el canal YouTube de la UPM, junto a otros vídeos producidos por Criptored como por ejemplo 46 de las 74 conferencias UPM TASSI, superan el millón de reproducciones y significan el 16,5% de todas las visualizaciones de dicho canal. Finalmente, este año 2014 ha visto la luz el proyecto MESI, Mapa de Enseñanza de la Seguridad de la Información, cuya versión 2.0 se publicará próximamente.

Todo ello ha significado que ya en noviembre de 2014 se supere por primera vez la cifra de 1 Terabyte anual de información servida. Unos números en los que la participación de sus miembros, de sus colaboradores directos y la excelente acogida por parte de los medios de difusión de la seguridad TIC en Internet, han sido fundamentales.

Visita:
http://www.criptored.upm.es/

Servicio de custodia digital «Cartulario»


Cartulario es una plataforma multiusuario, desarrollada en modo SaaS y disponible en modalidad «Cloud Computing» o «Nube TIC«, que permite una rápida puesta en marcha de las soluciones de Confianza Digital.

De esta forma, garantiza la seguridad de los intercambios, la confianza del archivo y la gestión de la prueba jurídica.

Las tecnologías que ofrece Cartulario permiten el concepto de Prueba Digital y garantizan la seguridad en el Intercambio y el Archivo.

Entre ellas están:

  • Autenticación,
  • Cifrado,
  • Registro,
  • Trazabilidad,
  • Control de la integridad,
  • Sellado de tiempo (interno y por un tercero de confianza).
  • Metadatos de original electrónico (Completitud, Obliterabilidad, Endosabilidad)

Diferentes niveles de administración, que permiten ofrecer estas funcionalidades a las empresas, a las administraciones públicas o al público general, de forma flexible y escalable.

Cuenta con un webservice para el depósito de documentos y administra diferentes mecanismos de gestión de CSV (Código Seguro de Verificación).

Contacte con EADTrust en el 91 716 0555 para ampliar información.

IE Venture Network


El pasado jueves asistí a uno de los encuentros de IE Venture Network, una de las iniciativas de impulso al emprendimiento que se están desarrollando en España (hablaré de otras próximamente), impulsada por el Instituto de Empresa, con Daniel Soriano a la cabeza, y las buenas gestiones de  Liz Fleming and Gary Stewart (ahora en Wayra) de Venture Lab.

Este tipo de eventos facilita el encuentro entre emprendedores, y el contacto entre emprendedores e inversores, dando ideas sobre la mejor forma de promover negocios, frecuentemente de base tecnológica.

IE Venture Network tiene como principal objetivo proveer recursos y asesoramiento para emprendedores y la comunidad innovadora. Una de nuestras principales misiones es aportar feedback actualizado y útil para crear una conexión entre los emprendedores incipientes, los potenciales inversores y las empresas consolidadas, para así lograr hacer realidad sueños emprendedores. Todo esto en un ambiente amigable con bebidas y aperitivos.

Voy a reflejar algunas de las iniciativas que han tenido cabida hasta la fecha:

26 de Enero 2012

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Pablo Moreno, Corpfin Capital
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Liz Fleming, Deputy Director IE Venture Lab

Las 3 startups:

Jaime Amat, Respiro
Si te mueves en transporte publico, en moto o si necesitas un segundo coche, si conduces menos de 1000 km al me,Respiro es para ti. Respiro es una nueva forma de movilidad personal, divertida, economica y sostenible.

Javier Fernandez, TouristEye
TouristEye es una empresa tecnologica del sector turistico. Trabajamos diariamente con la tecnologia mas puntera en lo referente al desarrollo web y movil para poder personalizar la experiencia turistica para los viajeros.

Francisco Carrero, BrainSINS
BrainSINS- SocialGamingPlatform,S.L- es una empresa de base tecnológica que ofrece sistemas de recomendación tanto para plataformas e-commerce como otros sitios Web de contenidos.

19 de Enero 2012 

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Liz Fleming, Deputy Director IE Venture Lab

Las 3 startups:

José Miguel Palou, Freetravel
Freetravel promueve libertad y participación social en la generación, el consumo y valoración de turismo activo y deporte, por sus productos basados en tecnologías geo-web

Ignacio Laribba, Airfit
La empresa TSCompany tiene por objectivo desarollar un proyecto eminentemente de I+D+I en tecnologias de la informacion para el sector de actividad fisica en fitness. Para ello presenta una linea base de productos relacionados bajo la marca airfit

Jesus Fernandez, Questionality
Questionality es una red social que te permite; encontrar contenido recomendado que te interesa; compartir  recomendar cualquier tipo de contenido; recomendar y preguntar en una manera nueva e innovador.

12 de Enero 2012 

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Sergio López, Addquity Growth Capital
  • Gary Stewart, Director of Wayra Spain
  • Patricia Gabaldon, Women Entrepreneurship in Europe; Prof. Economic Environment IE

Las 3 startups:

Adoración López, Politia
Politia es una plataforma de gestión policial que permitirá la comunicación e integración de la información de este sector a nivel nacional. No sólo es un potente sistema de gestión para las comisarías (lo cual ya es una clara necesidad), sino también una eficaz y usable herramienta facilitadora del trabajo diario de todos los agentes, en la línea de la nueva cultura 2.0.

Beatriz Sigüenza, IDK-Factory
En la actualidad las empresas necesitan constantemente readaptar, repensar y rediseñar su modelo de negocio, sus productos y servicios para ser competitivos en el exigente mercado actual.  IDK (Ideas Development Kit) es una herramientain-a-box que permite a un grupo de personas generar muchas nuevas ideas sobre el foco o el problema a resolver.

Paloma Fuentes, TedCas
TedCas ofrece una nueva forma de controlar los sistemas de información en los hospitales, evitando el contacto con ordenadores y periféricos, reduciendo así el riesgo de infección.

 15 de Diciembre 2011

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • José Miguel Herrero, Big Sur Ventures
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Liz Fleming, Deputy Director IE Venture Lab

Las 3 startups:

Matthieu Heusch – DoctorDoctor
doctordoctor es una plataforma web de e-health que facilita la relación y comunicación entre los diferentes actores de la sanidad privada: pacientes, médicos, clínicas, aseguradoras y colegios médicos.

David Martin- Blaffin
Blaffin es una plataforma de entretenimiento donde los usuarios nos deleitan con sus habilidades en forma de vídeos y fotos y las marcas generan comunidad y visibilidad.

Diego Mariño – Ducksboard
Monitor de métricas online en tiempo real.

 1 de Diciembre 2011

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Sergio López, Addquity Growth Capital
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

Ander Michelena- Evandti.com
Evandti.com es una compañía innovadora en el mundo del ticketing que da soluciones telematicas a clientes en el sur de Europa, rusia, Brasil y latam. Damos servicio tanto en el mercado primario como en el secundario a través de dos soluciones, ticketbis.com y eventbis.com

Francisco Larios- CI2T
CI2T es un empresa de base tecnológica que trata de dar una respuesta clara a la creciente demanda de introducción de las nuevas tecnologías en la agricultura. La solución permite aumentar la producción y reducir drásticamente los costes totales. El sistema ahorra energía, agua y alcanza la máxima eficacia en el mantenimiento del clima.

Antonio García Morte- Cierzo Development
Cierzo Development es una startup focalizada en el desarrollo de tecnologías de rastreo de información, análisis semántico y marketing digital, comercializadas bajo la marca SMMART. En los últimos años ha venido trabajando con grandes empresas en el ámbito de la reputación online, pero ahora pretende lanzar un ambicioso plan para comercializar a nivel internacional una aplicación para el marketing digital en las pymes llamada SMMART Social CRM.

24 de Noviembre 2011

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Fausto Checa, Ch2Market
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

Alejandro Sánchez Acosta- Neurowork
Neurowork es una empresa de tecnología con amplia experiencia en soluciones de IT con fuerte knowhow en tecnologías abiertas. Actualmente dirigiendo sus objetivos a las nuevas tendencias tecnologicas (Aplicaciones Móviles).

Ramón Sastrón- eMe
eMe (event music experience) es la plataforma líder de música en directo. Realizamos y emitimos conciertos  nativos para internet, 100% online. El usuario puede colaborar creando el concierto que quiere disfrutar, votando las canciones que quieren escuchar, decidiendo la hora del concierto e interactuar con los artistas además de adquirir productos exclusivos, merchandise.

Pablo Ferrari- Tiendalista
Tiendalista es un one-stop-shop para que tu tienda online sea un éxito en internet. Hacemos que vendas en internet de forma rápida y sencilla. Nos encargamos de que tu tienda exista en la web, en facebook, en iphone, en ipad, en android…. Además te ayudamos con la logística, con el diseño gráfico, con las fotos de los artículos de tu tienda, con el marketing online… y con cualquier dificultad que te encuentres. Queremos que poner tu tienda en internet sea fácil y rentable para que puedas vender a todo el mundo.

10 de Noviembre 2011

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Oscar Gregori, Tremosa
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

CLIPBOOK- David de Miguel, Ignacio Bujalance

CLIPBOOK es para los profesionales del mundo audiovisual el mercado de videos (clips) de alta definición:  Clipbook es la fábrica que proporciona a los creadores de contenido audiovisual las herramientas (clips de audio y video) que les permitirán realizar sus creaciones con un coste mínimo.

LACAMBRA– Cristina Álvarez Lacambra

LACAMBRA es una marca de bolsos y accesorios de piel que el usuario puede personalizar eligiendo y combinando colores, tanto de la piel como del forro. Las piezas se configuran en la tienda online de la marca, myLACAMBRA.com y se fabrican a medida en España con materiales de primera calidad.

EVICERTIA– Jacobo van Leeuwen

EVICERTIA (evidencia y certificación) ofrece servicios en la nube de certificación y custodia electrónica segura aportando validez legal al email y SMS. Los servicios de EVICERTIA permiten comunicarse de forma segura, confidencial, con garantía de entrega, y con acuse de recibo y generando pruebas con validez legal para evitar riesgos, combatir el fraude, el cibercrimen y la morosidad. http://www.evicertia.es

3 de Noviembre 2011

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Jose Martín Cabiedes, Cabiedes&Partners Scr
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

Mario Garcés- Daxnatur
DAXNATUR es una compañía especializada en la formación, consultoría e investigación sobre emociones. Trabajamos desde del individuo, considerando las emociones y su gestión positiva y eficaz como el pilar fundamental para construir, con éxito, el resto de estructuras sociales, desde la pareja hasta las organizaciones empresariales.

Jorge Pajares – Dantex Group
Con 3D Business Solution, vamos a cambiar la forma en que las empresas se comunican con su entorno digital, no más webs planas, aburridas y estándares, la transmisión de las emociones es esencial.

Aníbal García-Almuzara – iFORTV
Plataforma de investigación basada en la utilización de dispositivos móviles, y hemos desplegado esta tecnología en los hogares de nuestro panel (miniver ®, http://www.miniver.es) representativo de la población española entre 18 y 50 años. A través de esta plataforma somos capaces de conocer en tiempo casi real la TV que cada panelista está viendo, y somos capaces de comunicarnos con el panel vía encuestas enviadas a teléfonos móviles, que los panelistas pueden responder de forma oral o escrita. Con esta información hemos desarrollado metodologías únicas para el análisis de eficacia publicitaria y para la investigación cualitativa de audiencias.

27 de Octubre 2011

Inversores:

  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Ian Noel, Bonsai Venture Capital
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

Felipe Velásquez – Meetrico
Meetrico.com es una red social que comercializa horas muertas de despachos y oficinas compartidas con un sistema que regula los precios según la ocupación.

Jorge Pajares, Lluis Cardona – Dantex Group
Pioneros a nivel mundial en la concepción de proyectos de comunicación digital (internet y otros canales) basados en la combinación entre sí de aplicaciones multimedia, el video interactivo y la simulación virtual por ordenador. Su servicio 3D Business Solution permite pasar de proyectos digitales mediante formatos tradicionales (en 2D) al marketing emocional en formato de comunicación dinámica (combinando postproducción de video y 3D).

Camilo López – Timpik
Timpik es la red social de deportistas que conecta personas para practicar deporte. Ofrece todas las herramientas de comunicación para descubrir otros deportistas a nuestro alrededor con las mismas preferencias deportivas, horarios o localización. Además, ofrece unas utilidades para que organizar un evento deportivo deje de ser una pesadilla. Timpik se ofrece en versión web así como en aplicaciones de iPhone y Android.

20 de Octubre 2011

Inversores:

  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Ana Alcaine, Going Investment
  • Ricardo Pedrol, Innovate!100
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

Zubin Chagpar- Mashpan
Organiza intuitivamente tu información digital.

Enrique Andreu, Alejandro Fanjul – Palbin.com
Palbin.com is a cloud service where anyone can create their own online store in Internet and Facebook in the easiest and quickest possible way, for a low monthly subscription. It is mainly aimed to traders, freelancers and SMEs that are looking for a new business model based on Electronic and Social Commerce but do not necessarily have the technical knowledge required, large budgets or sufficient time to spare.

Mariano Torrecilla – Linkovery
Linkovery, tu escritorio en la nube. La mejor forma de organizar, descubrir y compartir todas tus aplicaciones y sitios web. Gracias a la tecnología HTML5, Linkovery es accesible desde cualquier dispositivo, plataforma y navegador. Nunca más será necesario recordar las contraseñas, con el sistema de single sign-on, Linkovery lo hará por el usuario.

13 de Octubre 2011

Inversores:

  • Carlos Méndez, FIT Talent, Everis Group (www.fitalent.es)
  • Rafael Garrido, Jaime Amoribieta y Gonzalo Castellano, Vitamina K
  • Alberto Garrido, FIT Talent, Everis Group (www.fitalent.es)
  • Juan José Güemes, Chairman del International Centre for Entrepreneurship, IE

Las 3 startups:

Judith Gil Lopez – Qdada
Qdada es un portal web que permitirá organizar de manera sencilla los planes con grupos de amigos, proponiendo actividades e incluyendo la reserva de las mismas

Roman Vinoly – Casapanal
El inovador sistema constructivo de CASAPANAL ha sido desarrollado en conjunto con Rafael Viñoly – arquitecto de renombre mundial – con el fin de comercializar una solución personalizable y asequible para las mil millones de familias que hoy en día carecen de un hogar adecuado.  Mas allá de la variedad en tipos de hogares que facilita, nuestro sistema también puede aplicarse en la construcción de refugios de emergencia, cámaras de refrigeración, escuelas, clínicas, y centros comunitarios.

Carlos Prieto – LoockAd
LoockAd es una aplicación gratuita que combina las posibilidades de la geoposición disponible en los smartphones con las funcionalidades sociales de las aplicaciones móviles para crear una herramienta de marketing móvil moderna que sea barata, eficiente y fácil de utilizar y esté al alcance de todo el mundo.

6 de Octubre 2011

Inversores:

  • Almudena García Calle, Socia fundadora de Aboo Partners
  • Rafael Garrido, Emprendedor y Business Angel
  • Gary Stewart, Director de Wayra España
  • Juan José Güemes, Presidente del Centro Internacional de Gestión Emprendedora, IE

Las 3 startups:

Eduardo Ferrín – Business & Strategy
BsC-i le ayuda a implementar su Estrategía de Negocio mediante “Mobile Business Intelligence” apps para Dispositivos tipo Tableta.

Emilio Carlos Hank – SocialBet
SocialBet es una plataforma online que tiene acceso a explotar una licencia de apuestas online y aspira a entrar en los mercados de México y Latino América.  A diferencia de la forma tradicional de apostar en Deportes y Carreras, Social Bet ofrecerá “betting exchange” en donde se conectará a clientes para que apuesten entre ellos mismos, siendo la primera compañía que ofrece esto en la región.

Diana Morato – Inyam
Inyam aplica tecnología de inteligencia colectiva al sector de recomendaciones y reservas de restaurantes online. La inversión total de 190.000€ aportará 1,73 M€ BAII en el año 5.

Prueba de la publicación de la Convocatoria de Junta de Accionistas en la sede electrónica


Del extenso y fundamentado artículo de José Ángel García Valdecasas Butrón, Registrador Mercantil de Granada sobre la reforma parcial de la sociedades de capital de la Ley 25/2011, de 1 de agosto, y en especial la introducción del artículo 11bis, sobre Sede Electrónica Societaria, quisiera destacar este párrafo:

Para la prueba del hecho de la inserción debería recurrir el órgano de administración a complejos sistemas de certificación de contenido por medio de sellado o marca de tiempo que acreditarían de forma fehaciente la inserción de la publicación en la web social, cuál era su contenido y hasta cuándo estuvo insertado.

Pero este sellado o marca de tiempo, confiado a empresas de certificación o terceros de confianza en los términos del artículo 25 L.S.S.I.C.E., puede tener un coste superior al que se deriva de la publicación de anuncios en la prensa escrita, lo que desvirtuaría la finalidad perseguida por el legislador de abaratar el proceso de adopción de acuerdos sociales.

También es indudable la imposibilidad de que dicha acreditación fehaciente de los anuncios de convocatoria se realice a través de la fe notarial, pues como dice Segismundo Álvarez, en su trabajo publicado en “La Ley” sobre la Directiva 108/2009 “es evidente que es imposible que el notario pueda dar fe de que se ha publicado en la web de la sociedad y se ha mantenido durante el plazo legal. Ello es imposible en la práctica, pues aunque se requiriera al notario con un mes de antelación para que examinara la web de la sociedad no podría comprobar de manera constante el mantenimiento de la misma durante todo el mes”.

Logo EAD Trust EAD Trust está prestando servicios de comprobación fehaciente de la publicación de la convocatoria de la Junta General de Accionistas y de los documentos adjuntos, con precios mucho más económicos que los aplicados por los anuncios societarios en prensa escrita, y con resultados mucho más ajustados a las necesidades de las sociedades de capital. Llame al 902 365 612 y solicite un acta de ejemplo para apreciar el tipo de servicio y su coste.

Artículo completo: ESTUDIO URGENTE DE LA LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL (web: www.notariosyregistradores.com) Autor: José Ángel García Valdecasas Butrón, Registrador Mercantil de Granada

Custodia Digital Masiva, una de las caras de Big Data.


Estos días, asisto como inversor a las discusiones de los especialistas de EADTrust respecto al problema de la gestión de grandes volúmenes de datos.

Sus discusiones son de tipo técnico, mientras debaten sobre arquitecturas, herramientas, gestores de bases de datos, disponibilidad de sistemas de archivo en la nube, mecanismos de respaldo, tiempo de respuesta en archivo y recuperación, redundancia, alta disponibilidad, resistencia a fallos, direccionamiento, …

Yo aporto mi granito de arena por mi experiencia en sistemas informáticos de grandes entidades, como bancos y telcos y centros de autorización de medios de pago, pero comienzo a entender que algunos de los problemas a los que se enfrentan son de nuevo cuño.

Big data

En efecto, justamente por estas fechas, ha adquirido una relevancia especial el concepto de «Big Data«, una vez identificado por los analistas.

Los grandes volúmenes de datos se han gestionado tradicionalmente con la filosofía de disponibilidad priorizada. El criterio de prioridad consistía, en general, en disponer de los datos recientes de manera inmediata, mientras que los datos más antiguos se envían a un sistema de archivo secundario y terciario. En las grandes instalaciones, esto se traducía en sistemas robotizados que manejaban «containers» de datos, frecuentemente en sistemas magnéticos de almacenamiento secuencial (cintas o sistemas evolucionados de ellas). Y básicamente por el aspecto de los costes de los sistemas de acceso aleatorio que tradicionalmente han sido superiores a los de acceso secuencial.

Sin embargo, desde hace años, esto está cambiando y el coste del almacenamiento de acceso directo ha caido en picado. Ahora es más importante considerar la fiabilidad de los sistemas, y la probabilidad de que se produzcan fallos, con la consiguiente pérdida de la información. La velocidad de acceso adquiere una relevancia distinta, y la redundancia a través de sistemas RAID pasa a ser un requisito de los nuevos sistemas. El almacenamiento de estado sólido ha dejado de ser una promesa y forma parte de la panoplia de recursos de almacenamiento en contextos en los que prima la velocidad y la fiabilidad, si el coste tiene menos relevancia.

Pero cada vez se generan, se almacenan y se procesan más datos, y cada vez más datos tienen que estar disponibles para más personas y más dispositivos que acceden a ellos.  Según palabras de Eric Schmidt, Director General de Google“desde el origen del nacimiento del mundo hasta el año 2003, se generaron cinco exabytes de información. Ahora creamos cinco exabytes cada dos días”.

Recordemos que el exabyte es la unidad de medida de  almacenamiento de información (cuyo símbolo es el EB), equivalente a 1018 bytes y que la secuencia de métricas de almacenamientos (de mil en mil o de 1024 en 1024 según se emplee la terminación «bibyte«) es la siguiente: kilobyte (kB) 103, megabyte (MB) 106gigabyte (GB) 109terabyte (TB) 1012, petabyte (PB) 1015exabyte (EB) 1018zettabyte (ZB) 1021yottabyte (YB) 1024 .

Big Data y el Cartulario Electrónico

En los sistemas de gestión que manejan evidencias electrónicas, los retos son aún más exigentes. Los datos tienen que estar disponibles en los momentos claves, en los que se requiere su carácter de prueba, y esto puede implicar responsabilidades en muchos casos.

Un sistema como el gestionado por EADTrust, requiere muchos componentes: PKI que respalda la identidad de los diferentes módulos e intervinientes, sistemas generadores de sellado de tiempo sincronizados con el ROA que trabajan a alto rendimiento proporcionando sellos de tiempo a sistemas internos y externos, logs estructurados que permiten localizar las evidencias en caso de resolución de litigios, frecuentemente incorporados a actas de funcionamiento e informes periciales, servidores de firma centralizada generando firmas XAdES-XL y PAdES-LTV, HSM (Hardware Security Modules) que custodian las claves privadas, manejadores de metadatos y uno de los elementos clave: el cartulario electrónico.

El Cartulario Electrónico es un sistema de Custodia Digital Masiva de caracter probatorio.

El Cartulario Electrónico es el equivalente electrónico en un sistema privado del Protocolo Notarial, de los fedatarios públicos. Consiste en una colección ordenada de documentos electrónicos, localizables con varios criterios (especialmente el CSV, Código Seguro de Verificación) y que guarda información complementaria en metadatos estáticos y dinámicos que se refieren a aspectos como la endosabilidad, la obliteribilidad o la completitud (llamada, a veces, grapa electrónica).

El Cartulario Electrónico está formado por una Matriz Electrónica de documentos (sobre los que cabría entender que puede aplicarse el difuso concepto de «original«), y un mecanismo de índices que permite localizarlos y actuar sobre ellos para añadir capas, acceder a su contenido final o al de una de las versiones, hacer anotaciones, referenciar otros documentos o referenciar expedientes.

Filosóficamente, el cartulario debe guardar la información para siempre, salvo que por motivos legales deba de ser eliminada, y aun en ese caso, habrá que diferenciar si la eliminación es un borrado o el marcado de una imposibilidad de acceso. Contractualmente, sin embargo, la información se conserva solo durante el período requerido, cuando se presta como servicios de custodia digital para terceros.

Y ese es el reto que apasiona a los técnicos de EADTrust. Los volúmenes actuales de documentos y metadatos gestionados en el Cartulario Electrónico de EADTrust, permiten prever que durante los próximos cinco años la infraestructura desplegada no tendrá problema de gestión a ritmos normales de prestación de servicios. Pero ¿qué sucederá si los servicios de custodia digital, de publicación  fehaciente o de notificaciones fehacientes deben manejar ritmos de transacción de decenas de millones o centenas de millones de documentos por año? Documentos de 100 Kb o de 10Mb, con versiones y enlaces entre ellos.  Con planos, o documentos aministrativos, o contratos, o mensajes, o adjuntos, o libros, o actas,…

Y lo cierto es que algunos de los clientes con los que estamos hablando, podrían perfectamente generar esos volúmenes de operaciones.

Más referencias sobre Big Data

Depósito Legal


En el mismo BOE en el que se publicaron recientemente las normas técnicas de interoperabilidad, se ha publicado la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, que entrará en vigor el 30 de enero de 2012.

El patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital de las culturas de España es uno de los más ricos y representativos del mundo y debe ser preservado en beneficio de las generaciones presentes y futuras. Para que éste pueda ser accesible a todos los ciudadanos y contribuya al desarrollo cultural, social y económico de España como sociedad libre y democrática, es preciso contar con la colaboración de editores, impresores, productores, así como del mundo bibliotecario, cuya actuación conjunta resulta imprescindible para conservar ese patrimonio, en unos casos, cediendo en depósito a las Administraciones Públicas ejemplares o copias de todos los recursos de información creados en cualquier soporte o medio que se distribuya públicamente, y en otros, gestionando la accesibilidad universal a esos recursos.

Inicialmente concebido sólo como una figura de control bibliográfico nacional, el depósito legal ha pasado a configurarse en los Estados democráticos como un servicio público gratuito al sector editorial para suministrar originales de obras en dominio público, y como una garantía de la libertad de expresión y del acceso a la información de los ciudadanos y, con el advenimiento de la sociedad del conocimiento, como una pieza del desarrollo económico y social de un país.

La figura del depósito legal fue introducida en España por primera vez en 1616 para las obras impresas en la Corona de Aragón y en 1619 para las obras impresas en la Corona de Aragón y el Reino de Castilla, cuando Felipe III, por Real Decreto de 12 de enero, concede a la Real Biblioteca de El Escorial el privilegio de recibir un ejemplar de cuantos libros se imprimiesen. Felipe V amplía este privilegio mediante Real Cédula de 26 de julio de 1716, a la recién fundada Librería Real, hoy Biblioteca Nacional de España.

Desde aquella fecha ha sido una preocupación constante el cumplimiento de esta obligación, dando lugar a diversas y sucesivas disposiciones. El Decreto de 23 de diciembre de 1957 amplió la variedad de los materiales sujetos al depósito legal y previó la incorporación de otros recursos entonces inexistentes. Con el número de depósito legal y el sistema administrativo desarrollado para su control, se consiguió por primera vez un cumplimiento eficaz del depósito de los materiales.

En el ámbito internacional han sido varios los estudios auspiciados por la UNESCO, siempre en la línea de la profundización y universalización del depósito legal, así como la actividad llevada a cabo en el mismo sentido y sistemáticamente por la Federación Internacional de Asociaciones e Instituciones Bibliotecarias (IFLA).

Asimismo, las formas de expresión intelectual y artística han evolucionado, se han creado nuevos medios de publicación y hoy en día las publicaciones electrónicas forman parte habitual de muchos patrimonios nacionales de obras publicadas, haciendo imprescindible la revisión de las normativas sobre depósito legal.

Como novedad en el caso que nos ocupa cabe resaltar que la ley introduce un cambio de adaptación a la realidad del mundo de las publicaciones, que se basa en el nuevo papel que se atribuye al editor. La presencia del editor como sujeto depositante principal va a significar una gran mejora de las colecciones custodiadas por los centros depositarios, ya que permitirá que los documentos ingresen íntegros, que las publicaciones seriadas no queden faltas de fascículos y, finalmente, que se ingrese todo lo que se edita en España, aun cuando no haya sido producido en su territorio. Además, permitirá que las colecciones de las bibliotecas autonómicas respondan a su realidad editorial.

Por otra parte, conviene insistir en las ventajas que el depósito legal tiene para los obligados a constituirlo, dada su repercusión en el incremento de la visibilidad y publicidad de sus publicaciones, el mejor control bibliográfico que proporciona y la garantía a largo plazo de la disponibilidad de su material, lo que puede tener notable valor cuando el original se ha perdido o destruido.

Debe también destacarse que se ha buscado compatibilizar la prestación del servicio público de la institución jurídica del depósito legal con la reducción de las cargas administrativas al disminuir sustancialmente el número de ejemplares que el sector editorial debe aportar a la Administración.

Otro aspecto novedoso de esta ley es que contempla el depósito de los nuevos soportes de la edición y de los documentos en red. En el ámbito de la Unión Europea se ha propuesto y recomendado la adopción de iniciativas por los Estados miembros en el campo de la conservación digital del material cultural. Las instituciones de la Unión han advertido sobre los desafíos que plantea el depósito del patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital en un entorno digital y han propuesto soluciones cuyo objetivo es la exploración de nuevas técnicas de recogida de material en línea con fines de difusión y conservación.

En este contexto, la Estrategia Europa 2020 y sus iniciativas emblemáticas, entre otras, la Agenda Digital Europea y la Estrategia de Innovación, recogen el impulso que desde las principales instituciones europeas se pretende dar a la conservación de contenidos digitales con vistas a garantizar su acceso a las generaciones futuras. De este modo, en esta ley se contemplan los supuestos tanto de las publicaciones en forma de ejemplares digitales tangibles, como las publicaciones difundidas únicamente a través de redes electrónicas.

En España, a la necesidad de renovación de contenidos normativos se suma la de adecuar el ordenamiento jurídico del depósito legal al Estado de las Autonomías y a la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Asimismo, la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas, puso de manifiesto la importancia de elaborar una ley sobre la materia que se adaptase a estas nuevas circunstancias. De este modo, en su disposición adicional primera, se dice que el Gobierno, en el plazo máximo de un año, remitirá un proyecto de ley para adaptar la normativa vigente a la realidad del Estado de las Autonomías, a la aparición de nuevos soportes y a los cambios producidos en el sector editorial.

Desde el punto de vista de la archivística, una gran noticia.

La norma introduce algunas definiciones compatibles con otros desarollos normativos en curso:

  • Documento: Toda información o contenidos, cualquiera que sea su soporte o formato, así como su naturaleza o la forma de expresión utilizada (gráfica, sonora, visual, audiovisual, multimedia, etc.).
  • Documento electrónico: Información o contenido de cualquier naturaleza en soporte electrónico, archivado con un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento diferenciado.
  • Dominio de Internet: Espacio en Internet de una empresa, organización, o de una persona física, asociado a un nombre o una dirección, que permite que su información o contenido, productos o servicios, sean accesibles.
  • Edición: Todos los ejemplares de un recurso bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital producidos sustancialmente desde el mismo original y editados por la misma agencia o grupos de agencias o por una persona.
  • Edición paralela: Conjunto de ejemplares de un documento que con el mismo contenido se publican en soportes distintos, tales como revista en papel y microficha, bases de datos en CD y en línea.
  • Editor: Persona natural o jurídica que, por cuenta propia, elige o concibe obras literarias, científicas y en general de cualquier temática, y realiza o encarga los procesos industriales para su transformación en libro o en otro recurso, cualquiera que sea su soporte, con la finalidad de su publicación y difusión o comunicación.
  • Ejemplar: Cada unidad completa dentro de una edición.
  • Impresión bajo demanda: Ejemplar o ejemplares de una edición realizados para responder a pedidos concretos.
  • Impresor: Persona natural o jurídica que, contando con las instalaciones y medios técnicos necesarios, se dedica, exclusiva o principalmente, a la realización e impresión de libros en papel o en cualquier otro soporte susceptible de lectura.
  • Libro: Obra científica, artística, literaria o de cualquier otra índole que constituye una publicación unitaria en uno o varios volúmenes y que puede aparecer impresa o en cualquier soporte susceptible de lectura. Se entienden incluidos en la definición de libro, a los efectos de esta Ley, los libros electrónicos y los libros que se publiquen o se difundan por Internet o en otro soporte que pueda aparecer en el futuro, los materiales complementarios de carácter impreso, visual, audiovisual o sonoro que sean editados conjuntamente con el libro y que participen del carácter unitario del mismo, así como cualquier otra manifestación editorial.
  • Mancheta: Lugar que, en las publicaciones periódicas, proporciona los datos principales de identificación de la publicación.
  • Productor: Persona física o jurídica que asume la iniciativa, la coordinación y el riesgo económico de la producción de obras y contenidos sonoros, visuales, audiovisuales o digitales.
  • Publicación electrónica: Información o contenido de cualquier naturaleza, en un soporte electrónico, archivado con un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento diferenciado, que sea objeto de difusión.
  • Publicación periódica: Toda publicación de cualquier naturaleza que aparece, se distribuye o comunica de forma continuada con una periodicidad establecida.
  • Publicación seriada: Toda obra científica, literaria o de cualquier índole que aparece o se comunica de forma continuada, editada en una sucesión de números o partes separadas, que lleva normalmente una numeración y que no tiene una duración predeterminada.
  • Recurso: Una entidad, tangible o intangible, que recoge el contenido intelectual, artístico o de cualquier índole y que está concebida, producida o editada como una unidad.
  • Recurso continuado: Publicación que se edita a lo largo del tiempo, sin duración predeterminada. Incluye las publicaciones seriadas y los recursos integrables ininterrumpidos.
  • Recurso integrable: Publicación que se completa o modifica por medio de actualizaciones, que no permanecen separadas, sino que se integran en un todo. Pueden ser finitos o continuados. Las hojas sueltas actualizables y los sitios web actualizables constituyen recursos integrables.
  • Recurso multimedia: Recurso constituido por dos o más medios distintos o por formas distintas de un mismo medio y que está concebido para usarse como una unidad.
  • Reedición: Edición que se distingue de las anteriores por algunas modificaciones introducidas en el contenido o en la presentación.
  • Sitio web: Punto de acceso electrónico formado por una o varias páginas electrónicas agrupadas en un dominio de Internet.
  • Soporte tangible: Soporte físico de una obra o contenido tales como papel, disco, etcétera.
  • Soporte no tangible: Soporte virtual de una obra o contenido difundidos a través de redes electrónicas.
  • Versión: Forma de un documento que ha sido modificado sin cambiar su identidad.

De entre los documentos que se depositan, cabe destacar:

k) documentos sonoros,

l) documentos audiovisuales,

m) microformas,

n) documentos electrónicos en cualquier soporte, que el estado de la técnica permita en cada momento, y que no sean accesibles libremente a través de Internet,

ñ) sitios web fijables o registrables cuyo contenido pueda variar en el tiempo y sea susceptible de ser copiado en un momento dado,

o) copia nueva de los documentos íntegros, en versión original, de toda película cinematográfica, documental o de ficción, realizada por un productor con domicilio, residencia o establecimiento permanente en el territorio español y un ejemplar del material publicitario correspondiente.

No serán objeto de depósito legal las siguientes publicaciones:

a) documentos de las Administraciones Públicas de carácter interno o que resulten susceptibles de integración en expedientes administrativos,

b) documentos de instituciones y organizaciones, incluidas las empresariales, que versen únicamente sobre asuntos internos y estén dirigidas al personal de las mismas, tales como circulares, instrucciones o manuales de procedimiento,

c) publicaciones destinadas a concursos de promoción o traslado de los cuerpos o escalas de las distintas administraciones públicas,

d) sellos de correo,

e) impresos de carácter social como invitaciones de boda y bautizo, esquelas de defunción, tarjetas de visita, carnés de identidad, títulos o diplomas,

f) impresos de oficinas, formularios, incluidos los oficiales, cuestionarios y encuestas no cumplimentadas excepto que complementen una obra cuyo contenido sea técnico o científico, por ejemplo, un volumen formado por una recopilación de formularios que acompaña a un libro sobre procedimiento administrativo,

g) publicaciones de impresión bajo demanda,

h) dossieres de prensa,

i) hojas comerciales publicitarias,

j) catálogos comerciales de todo tipo,

k) calendarios y agendas,

l) objetos tridimensionales, aunque acompañen a un documento principal,

m) manuales de instrucciones de objetos, electrodomésticos, maquinaria, o análogos,

n) todo producto de un sistema informático que contenga datos que afecten a la privacidad de personas físicas y jurídicas y cuantos estén incluidos en la normativa de protección de datos personales, y

ñ) programas audiovisuales emitidos por prestadores del servicio de comunicación audiovisual, salvo que sean objeto de distribución.

Constitución del depósito de publicaciones electrónicas.

1. Toda publicación electrónica será depositada de modo que no sea necesaria la introducción de clave alguna para su lectura y con todos los manuales, así como, en su caso, el software que acompañe a la misma, a los solos efectos de investigación y conservación.

2. El sujeto depositante está obligado a facilitar la información necesaria para transferir los datos del soporte original al soporte de conservación.

3. Las publicaciones electrónicas cuyo uso caduque en el tiempo deberán ser entregadas de modo que puedan ser consultadas sin límite de tiempo.

En el plazo máximo de un año el Gobierno, a propuesta del titular del Ministerio de Cultura, regulará mediante Real Decreto y en el ámbito de sus competencias, oídas las Comunidades Autónomas y los sectores implicados, el procedimiento de constitución del depósito de las publicaciones electrónicas.

Aquí tengo mis dudas, porque el Gobierno o los titulares de los Ministerios implicados, nu suelen cumplir los plazos. Aun me acuerdo de los plazos para la obligatoriedad de las facturas electrónicas.