El objetivo de este documento es proporcionar un conjunto de especificaciones necesarias para desarrollar una solución interoperable de Cartera Europea de Identidad Digital (IDUE) basada en normas y prácticas comunes.
La versión anterior (llamésmosle v0.9, aunque no consta ninguna) se publicó el 22 de febrero de 2022.
De aquel documento me permití realizar una traducción al español (un poco libre porque me tomé la licencia de aclarar conceptos que en el documento original no se entendían bien).
Uno de los aspectos que cuidé es la traducción de términos acuñados en inglés a otros que pudieran considerarse términos acuñados en español, huyendo de «falsos amigos» (palabras que se escriben de forma parecida en español pero que significan cosas diferentes). Por ejemplo «Relying Parties» por «Partes Informadas» considerando que son las que reciben los testimonios de las «Partes informantes». Me parece mejor traducción que «Partes que confían»
Este fue uno de los documentos que se entregaron a los participantes en los cursos de formación organizados por TCAB para especialistas en servicios de confianza (nivel 1), responsables de gestión de servicios de confianza (nivel 2) y auditores de servicios de confianza (nivel 3) y en el que tuve el honor de participar como profesor.
La Diplomática es una ciencia que tiene por objeto el estudio de la autenticidad de los documentos, teniendo en cuenta sus caracteres extrínsecos e intrínsecos, es decir, el soporte, la escritura, el lenguaje, los formulismos, los signos de suscripción y otros elementos.
El nombre «diplomática» procede del primer tratado sobre la materia De re Diplomatica, de Jean Mabillon, publicado en París en 1681. Mabillon fue un erudito benedictino que escribió el tratado para responder al cuestionamiento de la autenticidad de ciertas cartas de la abadía de Saint-Denis por parte del jesuita holandés Daniel Papenbroeck. El tratado describe una forma objetiva y sistemática de distinguir documentos auténticos de los falsos y ha sentado las bases de los análisis críticos de los documentos desde el siglo XVII, auxiliando a otras ciencias como la historiografía.
El término «diploma» hunde sus orígenes en el diploma militar romano, documento formado por dos chapas (di-ploma) de bronce unidas en las que se grababan los datos del soldado romano que se licenciaba, y en las que se dejaba constancia de que se le otorgaba la ciudadanía romana, así como la fecha de la tribunicia potestas del emperador, y la del otorgamiento indicando los cónsules a cargo. En la parte exterior de la primera chapa se incluía el texto del otorgamiento y en la de la segunda los sellos de siete testigos. Las partes internas repetían el texto externo de la primera chapa y surtían el efecto de copia notarial de la constitutio publicada en Roma. El documento con las dos chapas atadas y selladas impedía la manipulación de la parte interna. La doble inscripción y los sellos servían para evitar el fraude o la alteración del documento.
Medidas de seguridad destinadas a establecer sin un ápice de duda la autenticidad de tan preciado documento.
De un nivel equivalente a las medidas de seguridad que vemos en los documentos de identidad, en el papel moneda o en los billetes de lotería: marcas de agua, filigranas, hologramas, microimpresión, tintas magnéticas, imágenes infrarrojas o ultravioleta, relieves,…
Las medidas de seguridad del diploma permitían establecer presunciones de la autenticidad del documento, de modo que el término «diploma» hace referencia desde entonces a un documento en el que es relevante su autenticidad, por lo que se suelen incluir en cada época las medidas de seguridad más consolidadas, lo que también permite datar los documentos.
En las imágenes que se acompañan a este artículo se incluye un Diploma Romano datado en el siglo I encontrado en Croacia en 1997, al extraer arena del río Sava (Slavonski Brod). Es uno de los mejor preservados, y en el que los sellos de los testigos perviven bajo la tapa de madera que cubre el depósito soldado a la segunda hoja. El texto proporciona evidencias muy interesantes acerca de la actividad romana en lo que era la provincia de Panonia. Se expidió en el reinado del emperador Vespasiano. El titular del documento era el centurión «Liccaivs Birsi F.Masunnia»,
Aunque la ciencia diplomática se ha considerado tradicionalmente un instrumento auxiliar de los estudios históricos al permitir el análisis de documentos antiguos, su metodología puede extenderse al análisis de los documentos electrónicos determinando los elementos constitutivos de su autenticidad, más allá de lo indicado por las leyes.
La diplomática digital considera las características de autenticidad de los documentos digitales si bien ya no se centra en las propiedades de los soportes documentales y tipos de letras empleados aunque sí en el uso de expresiones y pautas de organización de los documentos. Añade un componente el «metacolo» (aplicable a la información que se puede recoger en los metadatos) a la estructura formal de los documentos (tradicionalmente divididos en 3 partes: «protocolo», «cuerpo» y «escatocolo»).
Los criterios fundamentales de autenticidad de los documentos digitales son los elementos de «apariencia», el uso de técnicas de «firma electrónica» (asociadas o no al concepto jurídico de «prestación del consentimiento» ) y técnicas de preservación digital, especialmente asociadas a las referencias de autenticidad lo que con frecuencia se gestiona frecuentemente mediante códigos de localización de documentos (en ocasiones denominados «códigos seguros de verificación»).
En un sistema de preservación orientado a la gestión de documentos auténticos se registrarían (y gestionarían) la obliterabilidad (o cancelabilidad, el agotamiento de un derecho asociado a un título, por ejemplo un billete de viaje), la endosabilidad (o transmisibilidad, la transmisión de un derecho vinculado al título cuando el transmitente firma electrónicamente el endoso y lo registra en la plataforma de preservación) y completitud (o grapa electrónica, cuando son posibles diferentes intervenciones sobre un documento, en la forma de documentos vinculados o de elementos modificadores posteriores del documento inicial).
En relación con la endosabilidad (y, a veces, con la obliterabilidad), la plataforma de preservación orientada a la gestión de documentos auténticos registra al poseedor del documento, por lo que se registran los endosos y los poseedores sucesivos.
Las técnicas de gestión de la autenticidad de documentos digitales se suelen emplear en contextos en los que se precisa desmaterializar procesos tradicionalmente soportados en documentos en papel.
Uno de estas situaciones ha sido la gestión de títulos valores.
Un Título Valor es un documento mercantil en el que está incorporado un derecho privado patrimonial, por lo que el ejercicio del derecho está vinculado jurídicamente a la posesión del documento.
En el caso particular de las acciones que representan una fracción del capital de una sociedad, se trata de documentos en los que se incorporan y representan los derechos y obligaciones de los socios de una entidad jurídica por los que se facilita la transmisión y ejercicio de tales derechos. El título-acción puede ser nominativo o al portador. Cuando se emitía en un soporte en papel, cada acción solía ir numerada correlativamente y se extendía en libros talonarios cuyas matrices quedaban en poder de la sociedad anónima.
Aunque ya no se gestionan acciones en papel, de vez en cuando se pueden ver ejemplares antiguos enmarcados en despachos de abogados. Algunas acciones tenían incluso valor artístico.
La emisión desmaterializada de acciones es aquella que no requiere la expedición de títulos físicos individuales para respaldar la tenencia y transmisión de derechos. La posibilidad de que los valores puedan representarse mediante anotaciones en cuenta se produjo e España a partir de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores. En esta norma se establece que la llevanza del registro contable de los valores representados por medio de anotaciones en cuenta correspondientes a una emisión será atribuida a una única entidad.
La referencia a la custodia de registros en los que consta la propiedad de las acciones y sus transmisiones es lo esencial de la norma, que en cuanto al resto de requisitos formales se centra en administrar la migración de los conceptos de derechos a asociados a la posesión de trozos de papel a otros centrados en las anotaciones en soporte electrónico.
En el fondo, el sistema de anotaciones en cuenta se inspira en los sistemas contables, con un pequeño matiz: en la anotación de transferencias de efectivo (gestionadas, por ejemplo, en los sistemas de compensación y liquidación bancarias) el dinero se considera equivalente a cualquier otro y por ello, a veces se denomina «fungible», mientras que los títulos están numerados y diferenciados, y cada uno es singular, de modo que, aunque representan la misma proporción de propiedad de una entidad, un título es distinto te los demás, y por ello, a veces se denominan «no fungibles»,
Va llegando el momento de abandonar el término «transformación digital» que transmite la idea de que hay que cambiar los procesos de las organizaciones, conforme avanza la digitalización de la sociedad y la adopción masiva de las tecnologías de la información.
Con el estado actual de la tecnología y de la legislación, no tiene sentido diseñar procesos de información, contratación o mero trámite que no estén diseñados desde el principio pensando en el valor probatorio de los registros digitales administrados con ayuda de la criptografía.
En todo caso, cualquier concesión a procedimientos o actuaciones arcaicos debe ser en atención a la experiencia de usuario.
Uno de los aspectos claves del nuevo paradigma es la gestión de la identidad digital de las personas con las que se relacionan las entidades que debería tener en cuenta la posibilidad de acceso de personas de diversa procedencia y medios de identificación.
Las «piezas de lego» que facilitan la gestión digital por diseño de los procedimientos preservando la seguridad jurídica son componentes como las firmas electrónicas de persona, los sellos electrónicos de empresa, los sistemas de conservación digital de documentos electrónicos (incluso con códigos seguros de verificación) y evidencias electrónicas, los sellos de tiempo electrónicos, los sistemas de gestión de información de representación (de otras personas o de empresas) los sistemas que permiten comprobar la validez de las firmas y de los sellos, los que permiten gestionar mecanismos de identificación y de firmas y sellos «en la nube», los que permiten realizar la digitalización certificada de documentos, los que permiten la identificación remota co y los que permiten acreditar las notificaciones electrónicas.
En la actualidad. el Reglamento (UE) Nº 910/2014, de 23 de julio, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS), ofrece una buena base para construir sistemas digitales con valor legal admisibles en todos los países miembros, sea cual sea el país de origen, de entre los europeos.
Un aspecto clave en la digitalización por diseño es que la experiencia de usuario debe ser una de las principales prioridades en el diseño de los procesos, para evitar repetir errores de usabilidad que en el pasado no contribuyeron a poner en valor tecnologías como el DNI electrónico, que se expide desde 2006.
El despliegue de sistemas digitales de gestión debería preservar principios esenciales como el «soporte duradero» o la «simetría probatoria» (igualdad de armas) para que los usuarios de las plataformas cuenten con la misma posición respecto a la prueba digital que los promotores de las plataformas.
El conocimiento técnico y legal de estos principios de despliegue digital ayudará a las entidades a diseñar sistemas digitales eficientes, sencillos y con valor probatorio por lo que es útil contar con especialistas a los que consultar.
Los sistemas de gestión de identidad disponibles ya contemplan la interoperabilidad entre países con «nodos eIDAS» como el español que se instancia a través del sistema «Cl@ve«.
SmartDegrees es una plataforma española que facilita la gestión digital de títulos y certificados académicos, y que utiliza como mecanismo de gestión de evidencias electrónicas el registro en blockchain.
Entre otros aspectos, cuenta con Apps para móvil (Android e iOS) y se integra fácilmente con LinkedIn y en otras plataformas de búsqueda de empleo.
De momento, la Universidad Carlos III ya ofrece conexión con SmartDegrees y otras universidades se irán añadiendo en el futuro.
SmartDegrees utiliza la blockchain Quorum, para la anotación de evidencias electrónicas relacionadas con la expedición de títulos.
Quorum™ es una implementación de código abierto de la Blockchain de Ethereum, desarrollada por JP Morgan Chase que mejora aspectos como la velocidad en la gestión de transacciones. La red Ethereum se caracteriza por dar soporte a SmartContracts (contratos inteligentes) más sofisticados que los disponibles en la red Bitcoin, para los que se utiliza el lenguaje Solidity, similar al JavaScript.
Su artículo 16 trata sobre el Soporte documental o físico y requisitos y dice lo siguiente:
La cartulina soporte de los títulos, de idéntico tamaño para todos ellos, será de material especial con determinadas claves de autenticidad, normalizado en formato UNE A-3, de acuerdo con las prescripciones técnicas y de seguridad determinadas en el Anexo XI. Por Resolución del Director General de Política Universitaria se determinarán las condiciones de suministro de dichas cartulinas a las universidades.
Las cartulinas llevarán incorporado el Escudo Nacional en el ángulo superior izquierdo. Estarán numeradas mediante serie alfanumérica, cuyo control corresponderá a las unidades responsables del proceso de expedición de los títulos.
Las universidades adoptarán, para los títulos que expidan, los atributos, colores, orlas y demás grafismos que estimen convenientes, sin más limitaciones que las establecidas en este real decreto. Asimismo, podrán incorporar a los títulos que expidan su propio escudo u otros, nunca en mayor tamaño que el Escudo Nacional.
Los títulos llevarán impreso todo su texto, así como la firma del rector o rectores de las universidades correspondientes. No se permitirá la incorporación de inscripción alguna no impresa, salvo la firma del interesado y la del responsable de la unidad de títulos oficiales de la universidad.
Cada universidad, previamente a su entrega al interesado, efectuará en el título una estampación en seco de su sello oficial, igual para todos los títulos que expida. Remitirá muestra de dicho motivo a la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones de este Departamento, a efectos de conocimiento y control de autenticidad.
Es interesante que aunque este artículo parece dar a entender que los título se tienen que expedir en soporte papel, en realidad no es así, ya que la normativa administrativa (Ley 39/2015) permite realizar copias auténticas en soporte papel.
La primera copia auténtica en papel sería la que requeriría dar cumplimiento a los indicados requisitos, mientras que el documento original expedido por la universidad sería el electrónico, y sería posible crear copias auténticas en papel adicionales a la primera, que sería la única dotada de solemnidades especiales.
En concreto, el artículo 27 indica
(…)
2. Tendrán la consideración de copia auténtica de un documento público administrativo o privado las realizadas, cualquiera que sea su soporte, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido.
Las copias auténticas tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales.
(…)
c) Las copias en soporte papel de documentos electrónicos requerirán que en las mismas figure la condición de copia y contendrán un código generado electrónicamente u otro sistema de verificación, que permitirá contrastar la autenticidad de la copia mediante el acceso a los archivos electrónicos del órgano u Organismo público emisor.
En el caso de las universidades privadas, su procedimiento es similar, pero basado en el Reglamento europeo UE 910/2014 (EIDAS) que en su artículo 46 indica:
No se denegarán efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba en procedimientos judiciales a un documento electrónico por el mero hecho de estar en formato electrónico.
Los próximos días 28, 29 y 30 de noviembre de 2018 el Instituto Jurídico de Blockchain organiza un curso de ‘Experto legal en Blockchain, Smart Contracts e ICOS’, que se celebrará en la sede del Consejo General de la Abogacía (Paseo de Recoletos, 13. Madrid).
El curso está dirigido a abogados y profesionales del Derecho, miembros de la Administración Pública, académicos y docentes y empresas que estén valorando el lanzamiento de un proyecto de blockchain y se divide en cinco módulos.
‘Tecnología blockchain, bitcoin, ethereum y principales retos jurídicos’,
‘Identidad digital’,
‘Smart Contracts’,
‘ICOS’ y
‘Tokenización de activos. Aspectos jurídicos’.
La formación teórica se completará con distintas actividades prácticas, como la exploración de transacciones en una blockchain o la programación de un Smart Contract en Solidity.
Aunque los entornos Blockchain gozan de mecanismos de «seguridad por diseño» para algunas funcionalidades, son un queso de gruyere para otras, especialmente cuando los usuarios no conocen bien cuales son sus responsabilidades en el mantenimiento de prácticas de uso seguras.
Uno de los aspectos críticos es la protección de la clave privada de la «cartera» o del mecanismos para solicitar transacciones al sistema, que se basa en criptografía de clave pública, pero con mecanismos mucho más primitivos que los que se usan en los contextos de «firma electrónica cualificada».
Eso sin contar con que en muchos proyectos se introducen vulnerabilidades por defectos en la implementación.
Bitcoin y Ethereum, por ejemplo, han experimentado importantes episodios de explotación de vulnerabilidades que han tenido cierto eco y que han revelado debilidades inherentes de seguridad de blockchain que deben ser entendidas.
Los mecanismos de incorporación de código fuente a Github crean un vector de ataque que se puede abrir intencionadamente o por descuido cuando se hace necesario añadir una funcionalidad o corregir un error. Aunque hay muchos ojos comprobando que el software «está limpio», también hay otros que identifican vulnerabilidades y no las comunican a la comunidad pensando en explotarlas más adelante.
Cada nuevo proyecto puede reaprovechar trabajos ya realizados y añadir nuevas funcionalidades pero la complejidad crece tan deprisa que es muy difícil cubrir todos los flancos, y, a veces se producen errores de regresión porque vuelven a aparecer vulnerabilidades identificada que ya se parchearon en ocasiones anteriores. No puede darse por sentado que las funcionales del punto de partida ya eran seguras en todos sus aspectos.
Aspectos de implementación como carteras autónomas (con copia propia de la cadena de bloques y protección de claves privadas) o servicios de cartera en web (delegando a un servidor remoto el almacenamiento de la copia propia de la cadena de bloques o de la clave privada) presentan retos diferentes sobre la forma de gestionar la seguridad y su implementación y administración deberían ser revisadas.
Estos son solo algunos de los problemas que una empresa debe considerar para garantizar la seguridad de blockchain. Existen grandes diferencias de funcionamiento entre las implementaciones, no solo en los detalles de la tecnología, sino también en el entorno de seguridad general de la empresa de la organización. Estas preocupaciones deben ser consideradas cuidadosamente.
El Observatorio y Foro Blockchain de la Unión Europea nombra a los miembros de los Grupos de Trabajo centrales y anuncia su primer taller europeo de blockchain
El European Blockchain Observatory and Forum, lanzado en febrero de 2018, es una iniciativa europea para acelerar la innovación en tecnologías y servicios asociados a blockchain y para impulsar el ecosistema blockchain dentro de la UE y así ayudar a consolidar la posición de Europa como líder mundial en esta tecnología de moda.
El pasado 18 de mayo de 2018, el Observatorio y el Foro han comunicado los avances producidos en varias de sus iniciativas. Uno de ellos es la formación de dos grupos de trabajo que explorarán temas críticos en blockchain en Europa, así como el anuncio de su primer taller europeo de blockchain.
Grupos de trabajo
Los grupos de trabajo del Observatorio y del Foro identificarán e investigarán las iniciativas blockchain existentes dentro de la UE y en otros países, supervisarán y debatirán sobre desarrollos y desafíos técnicos, observarán las condiciones legales y normativas para ofrecer más seguridad jurídica, buscarán extraer lecciones y definirán áreas de acción potenciales a nivel europeo.
El Grupo de trabajo sobre políticas y condiciones marco de Blockchain (Blockchain Policy and Framework Conditions Working Group) examinará cuestiones tecnológicas horizontales e intersectoriales para definir las políticas, las condiciones legales y normativas necesarias para promover la previsibilidad legal y reglamentaria necesaria para la implementación a gran escala de las aplicaciones blockchain. Este análisis considerará temas que van desde contratos inteligentes y protección de datos personales hasta el reconocimiento legal de blockchains y economía de fichas de valor( (tokens). El Grupo de Trabajo también examinará cuestiones relacionadas con la tecnología y el desarrollo de los ecosistemas, incluida la interoperabilidad, la escalabilidad, la sostenibilidad, la ciberseguridad y la eficiencia energética.
El Grupo de Trabajo de Casos de Uso y Escenarios de Transición (Use Cases and Transition Scenarios Working Group) se enfocará en los casos de uso de las tecnologías de cadena de bloques más prometedores con énfasis en aplicaciones del sector público tales como servicios de gestión de identidad y de administración electrónica, salud, energía y trazabilidad ambiental. El Grupo de Trabajo también explorará casos de uso en otros sectores, tales como el de Fintech y servicios financieros, el de cadena de suministro, el de industrias creativas o el que abarca las actividades sin fines de lucro, y considerará escenarios de transición, por ejemplo, la integración y la convivencia con sistemas de tecnologías preexistentes.
Cada grupo de trabajo consta de 30 miembros elegidos entre más de 350 solicitudes recibidas por el Observatorio y el Foro durante la convocatoria abierta que tuvo lugar entre el 15 de marzo y el 9 de abril de 2018. El proceso de selección se centró en la experiencia y la experiencia.
La lista final, disponible más abajo, está formada por líderes del mundo empresarial, empresarios de blockchain, investigadores y autoridades públicas, que representan a 28 países. Las industrias representadas incluyen las tecnológicas, las de servicios financieros, el mundo académico, así como los ámbitos legal, de la energía, los medios de comunicación y las telecomunicaciones.
Tema inaugural: innovación de Blockchain en Europa
El Observatorio y Foro de Blockchain de la UE también tiene la tarea de llevar a cabo análisis e informes sobre una amplia gama de temas relativos a blockchain basados en las aportaciones de sus Grupos de Trabajo y de otros posibles interesados.
En su tema inaugural, «La innovación de Blockchain en Europa» (“Blockchain innovation in Europe”), el Observatorio y el Foro examinan el estado actual del desarrollo blockchain en la UE a través de investigaciones originales y entrevistas con profesionales, académicos y otros expertos, catalogando las fortalezas de Europa yasí como los desafíos en el reto de desarrollar un ecosistema de blockchain efervescente y acelerar la adopción de la tecnología.
Este será el tema del primer taller del Observatorio y del Foro, que se celebrará en Viena el 22 de mayo de 2018. Uniendo a los miembros del Grupo de Trabajo con potenciales interesados, el taller inclirá un debate en profundidad sobre el tema. También dará a conocer el primer documento temático del Observatorio y Foro, que se publicará unas semanas después del evento.
Los resúmenes de video y los informes estarán disponibles después del evento.
Foro en línea
El Observatorio y Foro Blockchain de la UE también tiene como objetivo el de crear un foro atractivo en el que todos los interesados en blockchain de Europa, desde líderes y emprendedores hasta los usuarios tempranos y el público en general, puedan compartir experiencias, y debatir y reflexionar sobre el futuro de esta tecnología.
El foro de discusión pública en línea ya está funcionando en la URL eublockchain.mobilize.io y accesible para todos los interesados.
Junto con el Taller del 22 de mayo de 2018, el Observatorio y Foro también lanzarán una versión actualizada de su sitio web eublockchainforum.eu.
Este sitio web incluirá el lanzamiento de la versión inicial, «génesis» del Mapa Blockchain de la Unión Europea con las aportaciones y la participación de la comunidad. El mapa mostrará de forma visualmente atractiva la actividad desarrollada en Europa en torno al las tecnologías de cadena de bloques.
Dr. Roman Beck (European Blockchain Center, Professor)
Dr. Stefan Beyer (S2 Grupo, Head of R&D)
Jamie Burke (Outlier Ventures, Founder & CEO)
Cristina Cobos (Legal Counsel & Professor at IE Business school )
Savino Damico (Intesa Sanpaolo, Head of Fintech Ecosystem Monitoring)
Dr. Primavera De Filippi (Permanent research at CERSA/CNRS; Faculty Associate at the Berkman-Klein Center at Harvard)
Julio Faura (Banco Santander, Head of Blockchain)
Nadia Filali (Caisse des Dépôts, Head of blockchain)
Dr. Michèle Finck (Senior Research Fellow – Max Planck Institute for Innovation and Competition and Lecturer in EU Law, Keble College, University of Oxford)
Janis Graubins (Notakey, Co-Founder)
Dr. Dominique Guegan (University Pantheon-Sorbonne, Professor)
Marta Ienco (GSMA, Head of Government & Regulatory Affairs, Identity)
Luukas Ilves (Lisbon Council, Deputy Director and Senior Fellow)
Christoph Jentzsch (Slock.it, Founder)
Dr.hab Iwona Karasek (Jagiellonian University, Associate Professor of Law)
Ad Kroft (Dutch Blockchain Coalition, Program manager)
Arnaud Le Hors (IBM, Senior Technical Staff Member)
Jean-Luc Verhelst (Author of Bitcoin, the Blockchain and Beyond)
“Use Cases and Transition Scenarios”
Andrius Adamonis (Bank of Lithuania, Blockchain Project Manager )
Irina Albita (FilmChain, Co-founder)
Nicolas Bacca (Ledger, CTO)
Anja Bedford (Deutsche Bank, GTB Head of Blockchain)
Diana Biggs (HSBC, Head of Digital innovation)
Oliver Bussmann (Crypto Valley Association, President)
Tamás Chlepkó (Tax & Customs Administration of Hungary, Senior Project Manager)
Daniel Du Seuil (Flemish Government, Program manager)
Goncalo Fernandes (Emirates Integrated Telecommunications, Head of IoT and Blockchain)
Dr. Alexander Grech (Commonwealth Centre for Connected Learning, Director)
Bo Hembæk Svensson (Blockchain Advisor)
Dr. Julian Hosp (TenX, Co-founder & President)
Dr. Stefan Junestrand (Grupo Tecma Red, CEO)
Clément Lesaege (Kleros, CTO)
Manuel Machado (Worldline, Global Blockchain Solutions Manager)
Johan Mastenbroek (Ledger Leopard BV, Advisor)
Dr. Julie Maupin (IOTA Foundation, Director of Social Impact & Public Regulatory Affairs)
Martin Pospěch (Smart Contract Labs, Founder)
Simone Ravaioli (Digitary, Business Development Executive)
Sandra Ro (UWINCorp, Co-founder)
Dr. Plamen Russev (Webit.Foundation, Founder & Executive Chairman)
Ville Sointu (Nordea Bank, Head of DLT and Blockchain)
David Suomalainen (Land Registry Sweden, Legal advisor)
Jolanda Ter Maten (TerMaten Business Consultancy, Blockchain Trainer & Consultant)
Dr. Hitesh Tewari (Trinity College Dublin, Assistant Professor)
Nikica Tomasic (CRIB Consulting, CEO & Co-Founder)
Marcello Topa (Citi, Director, EMEA Market Policy & Strategy)
Dr. Konstantinos Votis (Centre for Research and Technology Hellas/Information Technologies Institute, Senior Researcher)
John Whelan (Santander, Blockchain Lab Director)
Vlad Zamfir (Ethereum, Researcher and Blockchain Architect)
Se espera que los colaboradores del Grupo de trabajo:
Contribuyan a la investigación del Observatorio y el Foro con análisis expertos y puntos de vista
Contribuyan al Mapa de iniciativas Blockchain europeo con casos de estudio
Participen en talleres temáticos seleccionados, que tendrán lugar en toda Europa
Revisen, comenten y enriquezcan los informes temáticos que entregará el Observatorio y Foro durante 2018 y 2019.
Interactúen con el Observatorio y Foro de forma continua, haciendo uso de su plataforma en línea
Los Grupos de Trabajo recibirán soporte por ConsenSys y otros contratistas del Observatorio y Foro. Los participantes no perciben remuneración.
Además de las actividades de los Grupos de Trabajo, el Observatorio y Foro de Blockchain de la UE colaborará con una amplia gama de partes interesadas, entre las que cabe mencionar agencias gubernamentales, socios académicos, asociaciones nacionales y expertos de Blockchain en todos los temas relevantes.