El Código Seguro de Verificación de un documento es un valor alfanumérico que lo identifica y que permite su cotejo en una sede electrónica.
En el ámbito de la Administración de Justicia se ha definido una regla de codificación de este tipo de códigos que podría permitir su cotejo en cualquier sede electrónica independientemente del órgano que haya generado el código y lo haya asignado a un documento.
En efecto, el CTEAJE (Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica) ha publicado una PROPUESTA DE ESTANDARIZACIÓN DEL INTERFAZ DE ACCESO AL SERVICIO DE CSV DE LAS SEDES, (ver copia del documento en archive.org ) destinada principalmente a permitir el cotejo de cualquier documento de índole judicial desde el Punto de Acceso General de la Administración de Justicia (PAGAJ).
Como resultado tenemos una propuesta de Código Seguro de Verificación (CSV) enrutable que podría ser adoptado también por otras administraciones públicas y contempla que pueda utilizarse en contextos internacionales. La posibilidad de hacer uso de este tipo de códigos podría hacer innecesaria la Apostilla de la Haya en algunos supuestos, ya que la fuente del documento electrónico autentico es un organismo oficial que emplea un sistema de intercambio compatible, aunque el punto de cotejo sea otro organismo, incluso de otro país.
A continuación se describe el formato, tal como se recoge en el documeto indicado:
ES XX Y – RESTO CÓDIGO (No hay espacios, la representación los incluye por claridad).
- ES: Código ISO de país según la norma ISO 3166 (permite enrutar códigos a otros países, o recibir consultas de otros países).
- XX: Dígitos de control. Se calculan en base al resto del código y aplicando el modelo 97-10 (regla de cálculo definida en la norma ISO 7604). Permite controlar que no se producen errores cuando se teclean por una persona. Esta regla es similar a la que se utiliza en banca para el cálculo de IBAN.
- Y: Tipo de código (permite tener varias reglas de construcción, y prever que la codificación pueda cambiar en el futuro, en cuyo caso equivale a número de versión).
Se adoptará esta primera versión del código con Y=1 la siguiente regla de construcción para “RESTO DE CÓDIGO”:
- El código DIR3 (Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas), es una codificación actualmente en uso por las Administraciones Públicas españolas (central, autonómica y local).
El Directorio Común proporciona un Inventario unificado y común a toda la Administración de las unidades orgánicas/organismos públicos, sus oficinas asociadas y unidades de gestión económica – presupuestaria, facilitando el mantenimiento distribuido y corresponsable de la información. Incluye ya los órganos de la Administración de Justicia.
Esta codificación está amparada por el artículo 9 del ENI (Esquema Nacional de Interoperabilidad), aprobado por el Real Decreto 4/2010, donde se estipula que las Administraciones públicas (…) «mantendrán una relación actualizada de sus órganos administrativos y oficinas de registro y atención al ciudadano, y sus relaciones entre ellos. Dichos órganos y oficinas se codificarán de forma unívoca y esta codificación se difundirá entre las Administraciones públicas.”
- [CADENA ALFANUMÉRICA] Se establece el uso de 40 caracteres alfanuméricos.
Para mejorar la usabilidad del servicio de validación de códigos, se evitará el uso de caracteres que pueden llevar a confusión a los usuarios cuando los teclean manualmente, para ello la propia regla de codificación obviará el uso de los siguiente caracteres
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- ‘i’ mayúscula (I), ‘ele’ minúscula (l) se puede confundir con el ‘número uno’ (1).
- ‘o’ mayúscula (O) se puede confundir con el ‘número cero’ (0).
- ‘símbolo dólar ($)‘ se puede confundir con la letra S.
Es decir, no se pueden incluir en el CSV los caracteres prohibidos indicados y si un usuario los teclea por error, se interpretarán en el sentido de los caracteres atorizados correpondientes: ‘número uno’ (1), ‘número cero’ (0) y letra S).
Dado que esta regla de codificación se aplica cuando el valor Y=1, el propio servicio de cotejo tendrá la posibilidad de establecer reglas de validación complementarias al cálculo de los dígitos de control, como podría ser la aplicación en backend de las siguientes reglas de sustitución del código introducido por el usuario en caso de detectar alguno de los caracteres anteriormente excluidos:
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- ‘i’ mayúscula (I), ‘ele’ minúscula (l) se interpretarán como ‘número uno’ (1).
- ‘o’ mayúscula (O), se interpretará como ‘numero cero’ (0).
- ‘símbolo dólar ($)’ se interpretará como letra S.
Posteriormente a la sustitución se verificaría si los dígitos de control son correctos, para en su caso, mostrar un mensaje de error al usuario o admitir el código para su remisión al órgano resolutor.
Esta codificación permite que cuando se coteja un documento en un órgano, como por ejemplo el Punto de Acceso General, se sepa a qué plataforma concreta debe dirigir la petición cuando se realice un Cotejo de documentos.
El documeto del CTEAJE contempla la posibilidad de adoptar una codificación transitoria que no requiere validar los dígitos de control y que permite a las entidades seguir utilizando su codificación actual, anteponiendo un prefijo propio:
- ES000DIR3-Código
Pingback: El CSV (Código Seguro de Verificación) en la Ley de Medidas de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia | Todo es electrónico
Nuevo enlace: https://www.cteaje.gob.es/documents/185545/299990/CTEAJE-PAJ-INF-Propuesta+de+Estandarizacion+de+CSV-V0.4.pdf/b597ae0d-f2df-a2d8-0f40-08f43692c7f3
Hola, muchas gracias por el blog, me he animado a escribir simplemente parta preguntar si se conocen casos de CSV en las administraciones fuera de España. Por lo que he visto no he visto ejemplos fuera de España ¿Es así o se utiliza a nivel europeo?
Pingback: ARCE, Archivo de Constancias Electrónicas, un buen ejemplo | Todo es electrónico
Se recomienda implementar un captcha y se puede complementar con técnicas auxiliares de comprobación como uno o dos datos del propio documento o una gestión de identidades en los casos en los que sea aplicable.
@julianinza
se podría añadir al CSV un proceso de autenticación de acceso al documento a cotejar? , ¿Con el fin de registrar los accesos al cotejo de documentos? En muchas sedes no está implantado y existe amenaza real de acceso a datos personales sin consentimiento @AEPD_es