Las sociedades cotizadas tienen la obligación de activar un foro electrónico de accionistas según se especifica en el artículo 539 de la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital).
EADTrust presta este servicio a un elevado número de sociedades cotizadas, simplificando el proceso de puesta en marcha, y colaborando en la moderación de las intervenciones en el foro. Con un coste muy reducido y con la posibilidad de integrar otros servicios, como la certificación de la debida diligencia de los administradores en la publicación en la página web de la sociedad de la convocatoria de la junta y otras informaciones obligatorias.
Contacte llamando al 917160555.
Ya he explicado este servicio y otros servicios societarios digitales en este blog en otras ocasiones:
- Publicidad digital de actos societarios (2017)
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Foro electrónico de accionistas y otros servicios para sociedades de capital (2016)
- Entidades cotizadas, cambios para las sociedades en relación con la información disponible en Iberclear (2015)
- Cambios en la Ley de Sociedades de Capital (2015)
- Como acreditar la correcta convocatoria de una junta general de accionistas a través de la página web de la sociedad (2015)
- El Foro Electrónico de Accionistas tras la Ley 31/2014, de 3 de diciembre (2015)
- Voto electrónico y Foro electrónico de accionistas (2014)
- Como poner en marcha un Foro Electrónico de Accionistas (2014)
- Convocatoria de Juntas de Accionistas via web (2013)
- Foro Electrónico de Accionistas de las Sociedades Cotizadas (2013)
- Servicio de Foro Electrónico de Accionistas (2013)
- Recomendaciones para preparar la convocatoria de junta general de accionistas por página web (2013)