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El Canon solo debe compensar por la copia privada legal

Publicado por inza on 2008 . Febrero . 22

La revista Computerworld en su número del 1 de febrero publica una tribuna con la postura de ASIMELEC en relación al Canon Digital, que reproduzco a continuación:

El pasado 15 de diciembre de 2007, y tras rechazar la enmienda que el Senado introdujo en la tramitación de la Ley de Impulso a la Sociedad de la Información, en la que se instaba al Gobierno a abolir el canon digital en el plazo de un año, el texto consensuado por los ministerios de Industria y Cultura fue hecho publico por el Gobierno.

Tras casi nueve meses después de lo previsto, incluyendo los cuatro meses de infructuosa negociación entre la industria fabricante de soportes y dispositivos digitales representada por ASIMELEC, y las entidades de gestión de derechos de autor, la incertidumbre ante qué dispositivos y que cantidades serían los incluidos en la lista, al menos de momento, parece se ha disipado.

Sin embargo, y aunque en esta primera ronda, ya que todavía no ha salido publicada la ley que gravará con las nuevas cantidades los dispositivos que recoge dicho texto, una vez más han salido ganando las entidades de gestión de derechos de autor, éstas siguen sin estar contentas con el resultado.

Amparándose en los perjuicios que les ocasiona un fenómeno delictivo como es la piratería, que, por otra parte, afecta a multitud de industrias de todo tipo, tratan de mantener sus pretensiones más recaudatorias que compensatorias de cara a los usuarios, quienes al encontrarse afectados directamente por una medida obsoleta e injustamente discriminatoria que les obliga a pagar previamente por algo que puede que nunca realicen, han entrado de manera decisiva en este debate, dándole una dimensión hasta ahora inédita.

El tema de la piratería, es algo que se suele confundir y desde ASIMELEC pensamos que, de manera deliberada, se fomenta esa confusión. Pero hay que dejarlo bien claro. Una cosa es el canon que, es algo legal y supone una compensación a un presunto daño derivado de las copias que hacemos para uso privado, y otra cosa es la piratería, que es un delito y que supone hacer un número de copias ilegales y venderlas sin pagar derechos de autor.

Al ser fenómenos que no tienen nada que ver, no se pueden ni deben hacer comparaciones en el sentido que una medida puede fomentar o paliar la otra, ya que, insisto, son dos fenómenos totalmente diferenciados que no tienen nada que ver.

ASIMELEC, en representación de la industria TIC, siempre ha estado y estará en contra del canon digital. No obstante, dado que se trata de algo establecido en la ley, las empresas representadas por ASIMELEC y afectadas por la Ley de Propiedad Intelectual de junio de 2006, con la que se pretende “compensar los derechos que los creadores dejarán de percibir por copias privadas”, cumpliremos con ésta y pagaremos el canon, pero ello no quiere decir que esta medida nos parezca correcta, entre otras razones, porque es injusta y ha producido y producirá distorsiones en el mercado que han generado muchos problemas para la industria TIC.

Entre los efectos distorsionadores del mercado que produce el canon, los fenómenos de competencia desleal es algo de lo que desgraciadamente tenemos demasiada experiencia. El canon digital, no sólo no contribuye a revitalizar el sector TIC, sino que siempre se puede constituir en un freno al desarrollo de las TIC en nuestro país y, por tanto, de la Sociedad de la Información.

Como primer efecto de la imposición del canon, estará el inevitable incremento de precios y, con ello, la retracción de la demanda. Por otra parte, si finalmente se aprueban los importes que parece se están barajando, el incentivo al fraude será muy alto, y la competencia desleal de productos que se comercialicen de forma ilegal sin el canon, será un elemento distorsionador de los mercados, que perjudicará gravemente a las empresas que cumplan la Ley, llevándolas, en algunos casos, al borde de la desaparición.

Sin lugar a dudas, entendemos que el canon no es necesario, y aunque reconocemos absolutamente el derecho del autor a obtener una adecuada remuneración por su obra y su creación, creemos que el modelo de canon digital que consagra la Ley de Propiedad Intelectual en España, no es la mejor opción para esta compensación; y que, entre todas las partes implicadas, debemos buscar y encontrar otras alternativas, por otra parte, ya existentes, que aporte una fórmula más justa para todos.

Debemos estudiar mecanismos que faciliten la colaboración entre la Industria TIC y la Cultural, y que posibiliten nuevos modelos de negocio. El desarrollo de contenidos digitales, debe permitir la evolución de nuevas iniciativas que faciliten la compensación legítima de los autores.

Martín Pérez. Presidente de ASIMELEC.

La confusión está en que el Canon compensa por la copia privada legal, no por la ilegal, y por tanto no se debe plantear en términos de compensación por la piratería. O bien se cambia el discurso y se reconoce que lo que se denomina piratería no lo es, y entonces es lícito que el Canon compense a los autores por la libertad de los usuarios de hacerse copias privadas de los contenidos digitales que puedan obtener por cualquier medio.

 

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Canon Digital

Publicado por inza on 2007 . Noviembre . 20

Dos interesantes artículos se publicaron ayer (19 de noviembre de 2007)  en Cinco Dias sobre el controvertido tema del Canon Digital.

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Francisco Ros clausura el 4º Foro de las Evidencias Electrónicas

Publicado por inza on 2007 . Junio . 17

Logo Foro EvidenciasMás de 400 personas asistieron al IV Foro de las Evidencias Electrónicas que se celebró el pasado 15 de junio de 2007 en el Hotel Ritz.

El acto, organizado por Albalia Interactiva y el despacho de abogados Garrigues, contó, en la conferencia de clausura, con la intervención del secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros, quien incidió en el “protagonismo creciente” de la sociedad en internet, donde cada día se crean 100.000 nuevos “blogs” y el número de internautas -actualmente 2.000 millones de personas- se duplica cada cuatro años.

Según sus palabras, casi cinco millones de españoles harán su declaración de la renta a través de internet este año. El secretario de Estado subrayó el impacto de la red en los modelos de negocio y aseguró que España, “con más de 20 millones de internautas”, es una comunidad “muy potente” que evoluciona “al ritmo europeo” en materia electrónica, aunque “aún quedan muchos retos en materia de seguridad”, agregó.

Sobre esta cuestión, el magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Manuel Marchena criticó la “pereza institucional para asumir los compromisos normativos” que requiere la sociedad de la información, porque “los jueces necesitan un marco jurídico claro que aplicar, por ejemplo la intervención del correo electrónico”.

El portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Enrique López, abogó por un concepto de prueba electrónica de carácter trasnacional y por la formación de un grupo de peritos oficiales especialistas en materia informática que asesoren a los jueces.

Antonio Garrigues en el IV Foro de las Evidencias ElectrónicasPor su parte, el presidente del Foro, Antonio Garrigues Walker, afirmó que para avanzar en “democracia electrónica” y saber realmente “cómo está España” en materia de nuevas tecnologías con respecto a otros países, hay que mejorar “nuestros conocimientos y técnicas estadísticas”.

Entre las medidas que se están implantando en España contra la “ciberdelincuencia”, la mayor parte de los participantes en el acto coincidieron en alabar la implantación del DNI electrónico, que permitirá, entre otras cosas, identificar a los remitentes de los emails y evitar los correos-basura que expanden los virus.

El evento tuvo lugar gracias a la Colaboración de Red.es y al patrocinio de AnCert, Consejo General del Poder Judicial, Cybex, El Derecho, Informática El Corte Inglés, Postal Trust, Secuware, SGAE, Symantec y T-Systems.

La Presentación del 4º Foro de las Evidencias Electrónicas corrió a cargo de D. Antonio Garrigues Walker. Presidente del Foro y la Ceremonia de Apertura la protagonizó D. José Marqueño, Presidente del Consejo General del Notariado.

En la primera sesión sobre la Prueba Electrónica intervinieron Dña. Mª Ángeles Manzano, Socia de Garrigues, D. Enrique López, Vocal del Consejo General del Poder Judicial y D. Manuel Marchena, Magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, con la moderación de D. César Belda, Notario y Director General de Feste.

En la segunda sesión sobre Ciberdelincuencia intervinieron D. Juan Salom, Comandante del Grupo de Delitos Telemáticos, en la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, D. Jorge Martín, Jefe del Grupo de Seguridad Lógica de la Brigada de Investigación Tecnológica en la Comisaría General de Policía Judicial y D. Juan Carlos Ruiloba, Jefe del Grupo de Delincuencia Tecnológica y Delitos contra la Propiedad Intelectual e Industrial de Barcelona, con la moderación de D. Jorge Alcalde, periodista y Director de la Revista Quo.

Tras el café tuvo lugar la tercera Sesión, centrada en la Desmaterialización de la Propiedad Intelectual: el ejemplar electrónico, con las intervenciones de D. Pablo Hernández, Director de los Servicios Jurídicos de la SGAE, Dña. Bárbara Navarro, Directora Antipiratería de NBC Universal y D. Salvador Esteban, Director de Asesoría Jurídica de la Federación Antipiratería, y la moderación de D. José María Anguiano, Socio de Garrigues.

En la cuarta sesión centrada en los Aspectos Técnicos de la Prueba Electrónica y que moderé yo (D. Julián Inza, Presidente de Albalia Interactiva, como certeramente anunciaba el programa) dió apenas tiempo para hacer 2 rondas de preguntas a D. Vicente Calzado, Director de la División de Tecnología de Informática El Corte Inglés, D. Luis Jara. Director de Seguridad e-Security & Professional Services de T-Systems, D. Carlos Jiménez, Presidente de Secuware, D. Matías Bevilacqua, Director Tecnológico de Cybex y D. Juan Ramón Fontán, Advisory Services Manager de Symantec.

El bloque técnico se cerró con la intervención de D. Sebastián Muriel, Director General de Red.es centrada en las Actuaciones de Red.es en el Ámbito de la Seguridad Informática, que sirvió de referencia posteriormente a la intervención del secretario de estado.

Tras una breve intervención a modo de Resumen y Conclusiones por D. Antonio Garrigues Walker, el Foro acabó con la Ceremonia de Clausura en la D. Francisco Ros, Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio destacó los avances que se han producido recientemente en el desarrollo de la Sociedad de la Información en España.

Tras el acto formal, la fiesta continuó en los jardines del Hotel Ritz. Un cóctel en el que retomar contactos de colegas y que permite la relación entre técnicos y juristas.

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Protección de la Propiedad Intelectual en Mundo Internet 2007

Publicado por inza on 2007 . Mayo . 16

El lunes 14 de mayo estuve en Málaga en la inauguración del Congreso Mundo Internet, que tras 10 ediciones en Madrid, parece que continuará en la capital andaluza y, según palabras de Miguel Pérez Subias, con un alcance cada vez más internacional con gran participación de paises latinoamericanos y el apoyo, por lo que se deduce de las conversaciones preliminares de la UIT (Unión Internacional de Telecomunicaciones).

Tras visitar la Feria, muy interesante tanto por las empresas expositoras como por los visitantes, participé por la tarde como presentador y moderador en la sesión sobre Propiedad intelectual que fue muy interesante.

Las intervenciones  se ajustaron milimétricamente al tiempo previsto. Los ponentes fueron Meritxell Roca Sales, de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), Ignasi Labastida i Juan, de la Universitat de Barcelona, Pedro Farré López, de la SGAE, Txema Arnedo de Microsoft y Miguel Pérez Subías, de la Asociación de Usuarios de Internet (AUI). A pesar del rigor en el empleo del tiempo por los ponentes, el debate en el que participaron, que contó con una intensa participación por los asistentes, se extendió hasta superar largamente el horario previsto.

Un interesante resumen de esa sesión lo ha publicado el diario La Opinión de Málaga de donde procede la transcripción siguiente.

Mundo Internet ha reunido a representantes de las entidades de gestión de contenidos y a defensores de las copias privadas en una acalorada mesa de debate en donde se discutió el gran dilema de los derechos de autor en la Red y el canon digital. He aquí la conclusión: “El canon es un sistema imperfecto”, como admitió el director de Relaciones Corporativas de la SGAE, Pedro Farré, que confesó también que se ha cometido varios errores como no escuchar al público: “Los jóvenes no quieren un cedé de doce canciones, sino consumir canción por canción, no quieren un disco de policarbonato con un agujero en medio”, señaló Farré, que defendió a toda costa la posición de la SGAE y de los autores y la implantación del canon como medida menos dañina frente al DRM, que impide las copias privadas.

“La gratuidad con pago de derechos de autor por medio de la publicidad tiene más sentido que el pago por descarga”, sugirió el representante de la SGAE. Farré se `enfrentó´ contra opciones como la Creative Commons (representada por la figura del profesor Ignasi Labastida) o la que el mismo Miguel Pérez Subías, en representación de Todoscontraelcanon, propuso: “Que se pague al autor en la venta del producto que genera… Yo te cedo mi obra por tanto, o no te la cedo para que la explotes”.

“El desarrollo tecnológico no puede significar una rebaja en los derechos del autor”, justificaba Ferré ante una sala repleta de internautas preocupados por los precios, que sugerían al representante de Microsoft en la cita, Txema Arnedo, que si Windows no fuera tan caro, habría menos piratería de su sistema operativo. Arnedo se limitó a rebatir ese argumento por “imposible” mientras Labastida mostraba gestos de incredulidad y denunciaba que la administración pública genera muchos materiales `protegidos´: “La sociedad no se queja, y paga dos veces para que se haga una investigación. Lo que se paga con dinero público, debería estar a disposición del público”.

Y es que la llegada de internet, como ha sucedido con otras revoluciones tecnológicas, ha supuesto el enfrentamiento de los diferentes componentes del sector, que culpa al gobierno por acelerar la ley del canon. “Con cada revolución tecnológica se producen más contenidos. Si alguien piensa que su negocio está en controlar el contenido está muy equivocado”, concluyó Pérez Subías.

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Como se debe calcular el canon digital

Publicado por inza on 2007 . Marzo . 20

No se suele prestar atención en los medios al siguiente apartado de la LPI (Ley de Propiedad Intelectual), correspondiente a la nueva redacción del artículo 25:

Las partes negociadoras dentro del proceso de negociación y, en todo caso, los Ministerios de Cultura y de Industria, Turismo y Comercio, a los efectos de aprobación de la orden conjunta a que se refiere la regla anterior, deberán tener en cuenta, entre otros, los siguientes criterios:

a) El perjuicio efectivamente causado a los titulares de derechos por las reproducciones a que se refiere el apartado 1, teniendo en cuenta que si el perjuicio causado al titular es mínimo no podrá dar origen a una obligación de pago.

b) El grado de uso de dichos equipos, aparatos o soportes materiales para la realización de las reproducciones a que se refiere el apartado 1.

c) La capacidad de almacenamiento de los equipos, aparatos y soportes materiales.

d) La calidad de las reproducciones.

e) La disponibilidad, grado de aplicación y efectividad de las medidas tecnológicas a que se refiere el artículo 161

f) El tiempo de conservación de las reproducciones.

g) Los importes correspondientes de la compensación aplicables a los distintos tipos de equipos y aparatos deberán ser proporcionados económicamente respecto del precio medio final al público de los mismos.

Por eso es importante destacar que:

  • El canon solo debe compensar por la copia legal, no por la ilegal
  • El cálculo debe considerar el uso real del soporte para albergar copia privada (usando estadísticas fiables como por ejemplo las del estudio que Sigma2 ha realizado para ASIMELEC)
  • El canon se debe calcular como un porcentaje del precio del producto.
  • En algunos casos, el canon (o mejor dicho, la compensación por el derecho de copia) se paga en origen (por ejemplo, en la difusión de obras por radio y televisión, los costes de adquisición de derechos tienen en cuenta los diferentes tipos de audiencia y su cuantificación).

Es decir, las cuantias resultantes deben ser muy inferiores a las que se indican en la Disposición Transitoria Unica de la LEY 23/2006, de 7 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.

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Carmen Calvo, Ministra de Cultura

Publicado por inza on 2007 . Marzo . 17

Carmen CalvoAcabo de recibir la revista “Escritura Pública” que edita el Consejo General del Notariado y dirige Ana Togores. Es una revista muy interesante, pegada a la actualidad, en la que todo se impregna de un aroma de “fe pública” nada intrusivo.

En este número,  el 44, correspondiente a marzo-abril de 2007  se incluye una interesante entrevista a Doña Carmen Calvo, Ministra de Cultura, desarrollada por Luis Menéndez.

La ministra repasa algunos de los puntos candentes que gestiona su ministerio e invita a reflexionar sobre la repercusión de la Cultura en nuestra sociedad, en múltiples aspectos.

El espacio editorial limita la extensión de la entrevista, que sabe a poco. De ella entresaco una pregunta y su respuesta que en mi opinión va en la dirección correcta a la hora de interpretar la actitud del Ministerio de Cultura en relación con las descargas ilegales y consecuentemente la interpretación del concepto de “copia privada” circunscribiéndola restrictivamente a la que se refiere a la copia de obras a las que el copista accede legalmente. De este concepto se entiende que el canon solo puede compensar por las copias legales, y no por las copias ilegales, como en alguna ocasión se ha dado a entender desde los medios de comunicación.

Su ministerio destinará casi 3 millones de euros en 2007 para sensibilizar a la población de la necesidad de defender nuestra cultura. ¿A qué conductas concretas va dirigida esta campaña?

“Se trata de la segunda edición de la camapaña antipiratería que lanza el Ministerio. El lema se mantiene: Contra la piratería, defiende tu cultura. Esta vez hemos centrado el mensaje en las ideas, porque en pocas palabras, vulnerar la ley de propiedad intelectual es apropiarse de ideas ajenas. Hemos cubierto todos los campos de la creación, desde las descargas ilegales de películas, música, libros, software, etc… Y la campaña, de nuevo, busca sensibilizar a todos los públicos, jóvenes y mayores, en lo importante que son para nuestras vidas todas esas manifestaciones que se generan a oartir de nada más, -nada más y nada menos-: el cine, la música, la lectura, los programas informáticos… la cultura. Piratear la cultura significa acabar con una parte de nosotros mismos, de la sciedad que habitamos, y en la que crecemos y nos desarrollamos como seres humanos.

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Un estudio demuestra la realidad de la Copia Privada

Publicado por inza on 2007 . Marzo . 13

En relación con la valoración del futuro Canon Digital, ASIMELEC ha realizado un riguroso estudio sobre los hábitos de uso de los consumidores españoles de dispositivos electrónicos, con el objetivo de basar en cifras objetivas la defensa de sus propuestas.

El estudio elaborado por SIGMADOS, cuyo trabajo de campo se desarrolló durante el pasado mes de diciembre, contó con un universo de 3.631 hogares, siendo el margen de error de +/- 1,61% y el margen de confianza del 95%.

 A juicio de ASIMELEC, los resultados del informe dejan patente lo desproporcionado de las exigencias de las Entidades de Gestión de Derechos de Autor.

De hecho –y según José Pérez, director general de ASIMELEC–, las Sociedades de Gestión pretenden aplicar un canon que equivaldría a suponer que todos los dispositivos son usados únicamente para realizar copias privadas de música y películas, presuponiendo, además, que cada copia realizada equivale a un CD o DVD original no vendido, lo cual dista mucho de la realidad“.

El estudio –sigue diciendo Pérez--, contempla también el uso de los CD y DVD vírgenes, los dispositivos más usados por los consumidores, y sobre el que desde 2003, ya se esta aplicando un canon que supone el 60% del PVP. Este desmesurado sobreprecio, ha supuesto la creación de un mercado negro que ha provocado el derrumbe de esta industria en España y en Europa. Sin ser alarmistas, desde ASIMELEC –dice Pérez–, exigimos también tener en cuenta las repercusiones que un canon irracional provocaría en la comercialización y distribución de los nuevos dispositivos y en el desarrollo de la Sociedad de la Información“.

El estudio de SIGMADOS, acredita que en los hogares españoles el 38,7% de los CD’s vírgenes son destinados a copiar música y que el 44,6% son destinados a otros usos, como almacenamiento de archivos y fotografías. Si extrapolamos estos datos a todo el mercado –el canon lo pagan tanto los consumidores como las empresas, sin excepción- sólo el 20,8% de los CD’s vendidos en España serían destinados a copiar música.

En el caso de los DVD-R, el 54,9% son destinados a grabar fotografías y videos domésticos o personales, y sólo un 45,2% para grabar películas. Sobre el total del mercado, sólo el 26,5% de los DVD’s vírgenes serían destinados a realizar copias privadas. Además, los dispositivos anticopia de los DVD originales cabe considerarlos, ya, muy eficaces, y especialmente los nuevos formatos HDD y Blu Ray, que son inviolables.

Teléfonos móviles con reproductor multimedia

Otro de los nuevos dispositivos considerado por las Sociedades de Gestión como sujeto a canon, son los teléfonos móviles con reproductor multimedia. Sin embargo, y según el estudio de SIGMADOS, el 72,1% de los usuarios de este tipo de dispositivos no usan esta función, por lo que no tendría sentido aplicar el canon digital, máxime cuando la ley especifica que no se debe compensar el perjuicio considerado como mínimo.

Tarjetas de memoria de cámaras digitales

Por último y especialmente significativo resulta el uso de las tarjetas de memoria de las cámaras digitales. El estudio revela que de los 16,9 millones de personas que usan estos dispositivos, el 99,1% usa la memoria para almacenar únicamente las fotografías que realiza con ellos.

A juicio de José Pérez, director general de ASIMELEC, “a tenor de estas cifras, las propuestas de las Entidades de Gestión cabe considerarlas desorbitadas, ya que parece que mediante el canon por copia privada se pretendiera también paliar los efectos de la piratería, un fenómeno ajeno a la industria y a los usuarios sobre los que no se puede cargar este perjuicio. Desde ASIMELEC –termina diciendo Pérez--, siempre hemos defendido el respeto a los derechos del colectivo de autores y creo que de eso nadie tiene duda, pero también hay que respetar los intereses de consumidores y profesionales que hacen un uso legal y variado de las múltiples aplicaciones de los dispositivos y soportes electrónicos.

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Preguntas sobre el Canon

Publicado por inza on 2007 . Marzo . 10

Miguel Pérez Subías propone en su Blog interesantes preguntas sobre el Canon Digital que planteó a Pedro Farré en una entrevista on-line en El Mundo.

Las preguntas no aparecen entre las que contesta Pedro, pero resumen la perplejidad de muchos usuarios. La selección de preguntas no ha favorecido a Miguel, pero Pedro no evita preguntas incómodas.

Pedro contesta algunas preguntas de forma un tanto contradictoria, seguramente por la presión de responder rápido que está implícita en el formato utilizado.

Aquí van algunas preguntas y sus chocantes respuestas:

16. ¿Os dais cuenta de que con la implantación del canon estáis legitimando que piratee lo que me dé la gana?

La gente se copia obras y eso está bien. Lo que pedimos, porque es de justicia, es que se retribuyan mínimamente esas copia. Que sepa todo el mundo que las tarifas por copia privada son muy bajas. En modo alguno se puede afirmar, como dice la industria, que esos pequeños pagos constituyan un freno para el desarrollo de sus negocios. De hecho, ¿cuándo se han vendido más CDs y DVDs vírgenes? ¿Antes o después de que se creara el canon? La respuesta es clara: hoy (con el canon implantado) se venden un 1000% más de Cds y DVDs que hace cuatro años.

9. ¿El pago del canon autoriza la copia? Gracias

La copia privada es legítima. Lo dice la Ley. Pero la misma norma exige pagar un pequeñísimo canon para compensar (en realidad mitigar) el descenso de las ventas que esta nueva práctica del consumidor provoca inevitablemente.

2. Una pregunta poco original pero quiero conocer su respuesta; si pago el canon significa que puedo copiar lo que quiera. Y si no, ¿por qué debo pagar el canon?

El mal llamado canon es eso, una compensación económica que retribuye al autor por las copias privadas que nos hacemos. La copia privada, en efecto, es legítima siempre que se abone el preceptivo canon previsto en la legislación europea.

Aunque Pedro insiste en que el Canon lo paga el fabricante, quiere ignorar que ese coste se traslada al usuario. En mi opinión el argumento es tan evidentemente falso que puede llegar a deslegitimar otras afirmaciones más afortunadas, por mera proximidad. Le sugeriría que lo fuera modificando.

Por otro lado la LPI dice que solo se puede realizar la copia privada de obras a las que el copista haya accedio legalmente, es decir, con la letra de la Ley, no se legaliza la copia por pagar el canon (aunque muchos pensamos que debería legalizarla).

Es un tema económico: si el canon solo debe compensar las copias legales, su importe debe reducirse enormemente. Si debe compensar todas las copias, entonces hay que cambiar el texto de la ley.

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La negociación del Canon

Publicado por inza on 2007 . Marzo . 03

Esta es una época pródiga en noticias sobre el Canon.

Este instrumento compensatorio surgió hace unos años ante la posibilidad de los aparatos a cassette de realizar copias de los discos de vinilo o las retransmisiones de la radio (sobre todo).

La limitación al derecho del autor se justifica de varias formas, entre otras facilitar el acceso a la cultura.

Esa limitación se traduce en un derecho, el de copia privada, cuando el copista accede de forma legal a la obra y la copia es para su uso.

Si el acceso no es legal, no se trata de una copia privada sino de la transgresión de diferentes normas con tratamiento diferente según sea el Código Penal o la Ley de Propiedad Intelectual.

Para compensar al artista, o mejor dicho, a quien ostenta sus derechos económicos, se aplica un canon, que está recogido en la normativa y que por la extensión a los dispositivos digitales ya se denomina “Canon Digital”.

Por mi condición de coordinador del Foro de las Evidencias Electrónicas y de miembro de ASIMELEC a veces creo estar próximo al entendimiento del problema por las partes que negocian la futura composición del Canon.

Por un lado, quisiera hacerme eco de la reflexión de Martín Pérez en “Por un Canon Digital sostenible” y por el otro ser sensible con el drama que supone para los Autores y otros intervinientes en la industria del entretenimiento el incremento de la piratería.

Yo tengo una opinión que quiere estar en el término medio.

Aunque ya sé que no es posible esta consideración con