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Archivar como 3/10/07

Inundación en el Metro de Marqués de Vadillo

Publicado por inza en 2007 . octubre . 03


Ha saltado la noticia del video de la inundación del metro Marqués de Vadillo.

Ha aparecido en Youtube un vídeo interno de “Metro de Madrid” que muestra la inundación que afectó a la estación de Marqués de Vadillo a finales de mayo de 2007 y obligó a cerrar al público las instalaciones durante dos meses.

“Metro de Madrid” ha abierto una investigación para identificar al autor de la filtración. Un portavoz de la empresa explicó que se tuvo conocimiento el 1 de octubre de 2007 de que las imágenes, pertenecientes al circuito de vigilancia del metro, habían sido ‘colgadas’ en Internet.

El vídeo permite seguir toda la secuencia de los hechos, desde que el agua empieza a entrar, formando un charco de grandes dimensiones y obligando a los pasajeros ha realizar acrobacias para evitar mojarse, hasta que cobra fuerza e inunda con violencia un pasillo de la estación, tirando los soportes publicitarios.

La noticia se produce cuando hace menos de un año desde que la Agencia Estatal de Protección de Datos publicó la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre de 2006, por la que se regula el tratamiento de imágenes de personas físicas identificativas o identificables con fines de vigilancia, a través de sistemas de cámaras y videocámaras.

Con la entrada en vigor de la Instrucción el pasado 13 de diciembre de 2.006, las zonas cubiertas por las miles de cámaras de video vigilancia instaladas en zonas de uso público deberán contar con avisos informativos de su existencia que sean visibles a las personas que transitan por ellas y sólo se considerará admisible la instalación de estos sistemas cuando la vigilancia no pueda realizarse con eficacia por otros medios.

El objeto de la Instrucción comprende la grabación, captación, transmisión, conservación y almacenamiento de imágenes, incluida su reproducción o emisión en tiempo real, así como el tratamiento que resulte de los datos personales relacionados con ellas. Entre las principales exigencias establecidas en la Instrucción, destaca que los responsables que cuenten con sistemas de video vigilancia deberán cumplir con el deber de información previsto den la LOPD, a tal efecto, deberán colocar, en las zonas de video vigilancia, un distintivo informativo ubicado en lugar suficientemente visible, tanto en espacios abiertos como cerrados.

Este signo distintivo deberá contener una mención a la finalidad para la que se traten los datos, y una mención expresa a la identificación del responsable ante quien puedan ejercitarse los derechos de las personas en materia de Protección de Datos.

Asimismo, sólo se considerará admisible la instalación de cámaras o videocámaras cuando la finalidad de vigilancia no pueda obtenerse mediante otros medios que resulten menos intrusivos para la intimidad de las personas.

Las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de espacios públicos salvo que resulte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de aquéllas.

Además, las imágenes sólo serán tratadas cuando sean adecuadas, pertinentes y no excesivas en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, legítimas y explícitas, que hayan justificado la instalación de las cámaras o videocámaras.

Finalmente, la creación de un fichero de imágenes de video vigilancia exige su previa notificación a la Agencia Española de Protección de Datos, para la inscripción del Fichero en su Registro General.

La Instrucción no será aplicable a los datos personales grabados para uso doméstico y el tratamiento de datos por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que está regulado por la Ley Orgánica 4/97, de 4 de agosto.

Está claro que con noticias como esta se cuestionan las medidas de seguridad que persiguen proteger los datos personales en los entornos en los que se usan cámaras de vigilancia. Seguramente las personas identificadas o identificables que transitan ante las cámaras no se sentirán molestas por esta filtración, pero está claro que es preciso reforzar las medidas de seguridad.

(artículo basado en los titulados La AEPD regula la video vigilancia de Cristina Grau Estradé. Abogada Derecho.com y El Metro investiga otra filtración de sus cámaras de seguridad de Europa Press/Madrid)

LOPD - AEPD - Videovigilancia

Publicado en LOPD | 2 Comentarios »

 
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